Sociología Jurídica - Parte 2

índice

Segundo Período

Trabajo

  • Buscar tema
  • Plantear introducción y la importancia del tema – dos páginas.
  • 12 sentencias de los países de CA – incluyendo Belice y panamá.
  • Doctrina – autores importantes. Deberá encontrar un punto de coincidencia y que no están de acuerdo.
  • de leyes secundarias. Leyes locales. CCV, CLaboral, CPenal.
  • de tratados internacionales.
  • Conclusiones – establecer los métodos de la sociología que vamos a ver en este momento. Métodos comparativos, métodos históricos,

Problema del método de la sociología jurídica

La SJD analiza la realidad, para lo cual emplea el método empírico. El método empírico se basa en la experimentación y la lógica empírica.[1]

Problema del método de la SJD

Bottorome dijo es la sociología es la ciencia que cuenta con más métodos y menos resultados.

  1. Métodos aplicables a la sociología:
    1. Método de observación (Directo o indirecto)
      1. Directo: porque ella fue a ver directamente
      2. Indirecto: porque ella nos explico
    2. Método estadístico: trabajo eminentemente penal. Y me da estadística de cuanto son los homicidios que hay en realidad en este país por día.
    3. Método comparativo: ese tema se compare como funciona en los diversos países.
    4. Método de examen de aptitudes: le pasan la famosa encuesta. Porque tiene aptitudes
    5. Método del caso social: el más importante para esta clase, el caso de la isla conejo es un caso social, se toma un problema actual y ese problema se aplicará a todos los métodos. Por ej. El caso de la estafa del diego de Holguín. Son los delitos de estafa que se cometen con la administración pública. El problema se puede hacer genérico. Es como el método inductivo y deductivo, pero con un problema específico.
    6. Método histórico: es prácticamente que va a buscar los antecedentes de la institución.
      1. Antecedentes: tenga la amabilidad de ir a buscar el diario oficial de donde se ha publicado la ley.
      2.  

Problema del método de la sociología jurídica

La exhaustiva enumeración de métodos indica dos problemas más.

  1. La complejidad de las CCSS en la cual se enmarca la SJD.
    1. Se necesitan un sinfín de personas.
  2. La necesidad de utilizar los métodos enumerados.
    1. Los golpes de estado: si y no tomo en cuenta el caso social, significa que no sirve porque me falto un método.

Solución a la problemática del método

Establecer la relación que puede existir entre los distintos métodos y aplicarlos según el fenómeno a estudiar.

La SJD como instrumento del trabajo del jurista

La SJD describe y aclara las normas jurídicas teniendo en cuenta las instituciones jurídicas. La SJD describe y explica el derecho y a los tribunales[2] teniendo en cuenta a la sociedad.[3] La SJD describe y explica los resultados de las investigaciones que desarrolle el sociólogo para mitigar los problemas sociales los cual sirve para reforzar las instituciones jurídicas.

¿Como ayuda la sociología al jurista?

La SJD puede apoyar al jurista en la creación, aplicación[4] y práctica[5] del derecho. Ejemplos:

  1. Percepción de las normas de comportamiento
  2. Suposiciones acerca de la criminalidad.[6]
  • Disputas entre partes contratantes.[7]

El jurista puede hacer uso de las técnicas y teorías de la SJD para decidir sobre un caso cuando la norma se vaga y el DD positivo no dé una respuesta concreta.[8] El trabajo como juez, lo cual es una de las actividades que el jurista desarrolla, la sociología jurídica también puede ser utilizada para:

  1. El conocimiento del hecho.
  2. La ordenación del procedimiento judicial.
  • La valoración de las consecuencias del fallo[9].
  1. Dar contenido a conceptos librados al criterio del juez que hacen referencia a regularidades sociales ente otros.

Para analizar el DD positivo de manera que cualquier persona pueda informase de él. [10] Para establecer un punto de visto sobre la necesidad de aplicar la ley o cuando se tiene que expresar la interpretación de la misma. [11] Para ejercer un cargo como titular de cartera de estado, como miembro de un despacho, como abogado litigante, y para el mejor conocimiento del entorno social.[12]

Teoría del Control Social

Conceptos generales del control social

Conjunto de mecanismos utilizados por la sociedad, por los grupos sociales que la integran o por uno de ellos con el propósito de mantener un dominio sobre las conductas de los individuos o de los grupos que integran a la sociedad. También puede aludirse a las situaciones en que las expectativas de los individuos rebasan la posibilidad de orden y disciplina.

Conceptos doctrinarios de Control Social

Fernando Reza y Laura Gallegos: Es el límite establecido para no sobrepasar lo que se considera adecuado y pertinente.[13] Fernando Gómez Sandoval: Es un orden social que modifica, frena regula o dirige el funcionamiento de otro orden social, dentro de un mismo sistema funcional de estructuras sociales.

Salvador Giner: estipula dos perspectivas de estudio de control Social:

  1. Modelo social basado en el consenso. (Teoría tradicional anglosajona)[14]
  2. Modelo social del conflicto. (Teoría tradicional europea)[15].

Elementos del control Social

Establecimiento de limistes por parte de la sociedad o grupo social. Los limites deberán mantener o corregir la conducta de los individuos. Con límites establecidos se deberán mantener un orden en la sociedad.[16]

Problemática del Control Social

Sociedad homogénea[17] Vs. Sociedad plural. Tipos de Control Social atendiendo a la problemática:

  1. Control Social General (No hay disenso social).
  2. Control social grupal (Reconoce la diversidad cultural y los distintos intereses en una misma estructura).

Tipos de control Social en General

  1. Tipo Control Social Coactivo.
    1. PNC (Con la fuerza)
  2. Tipo de Control Social Persuasivo
    1. Universidades, Colegios. (Eso es malo no lo haga)
  3. Tipo de Control Social Individual.
    1. Autocontrol (Querer matar a alguien, pero se controla)
  4. Tipo de Control Social Colectivo
    1. Aplica un control social cuando alguien viola a alguien para que lo juzgan para ayudar a alguien y para demandar alguien porque tendremos a un violador en la clase

 

[1] Ella no está de acuerdo en experimentación porque es de las ciencias naturales y es un aspecto a donde se tiene que replicar.

[2] Cuando se interpone una demanda ante un juez de primera instancia, Ud. en la demanda plantea sus argumentos.  Es importante un argumento jurídico ante un hecho social.

[3] Varias instituciones que tienen iniciativa de ley. Art. 133 CN.

[4] Hay normas que no deberían de existir.

[5] Porque es litigante y podrá argumentar ante lo que sea.

[6] Cuáles son los rasgos físicos que probablemente sean inocentes. Explica los rasos y comportamientos de una persona que puede tener tendencias criminales.

[7] Si tiene un terreno y es un abogado astuto y prácticamente un crack del derecho. El juez tendrá que saber si Ud. es el malvado o el nefasto.

[8] La SJD ayuda cuando hay lagunas para suplirlas.

[9] Como actuara la sociedad. Por ejemplo si aprueban el aborto, y  los PRO vida los odiaran.

[10] Leer el diario.

[11] Hace una opinión acerca de cierto tema. Cuando se da una opinión argumentada bajo argumento legal. La SJD nos ayuda para expresar una opinión conforme a derecho y la realidad social. Hay que saber en que día esta y cuáles son las situaciones.

[12] Conocer los argumentos de la persona, y como va argumentar. Debe conocer con quien trata y el entorno en el que se maneja. Debe de estar ubicado en las noticias.

[13] Las consecuencias de un acto social pueden tener en medidas disciplinarias. Estimula un límite para que no pase de ahí.

[14] Todo es consecuencia, la mayoría gana, pero no por eso significa que lo voy a matar. Hay un control social en donde todos están de acuerdo.

[15] Se aplica aquí en El Salvador Como el FONAT, por ejemplo, no me gusto no lo voy a hacer y voy a hacer una marcha, huelgas, tirar piedras. En Europa lo que pasa también hay manifestaciones, pero normalmente se dan revoluciones a diferencia de la de nosotros, se da ya que estas personas tienen una argumentación jurídica política y social. Tienen una teoría de donde fundamentar. Aquí en el salvador es porque es injusto y no me gusta ya no lo voy a hacer. Los regímenes de excepción según el art. 29 CN. Si es solo por gana no tiene ninguna fundamentación.

[16] Si ella no nos hace notar su error, tendremos una humillación peor.

[17] Porque el mismo sistema presupuestario alemán, el mismo sistema alemán les ha funcionado muy bien. Cuando hay una sociedad heterogénea como en ESA y no hay derecho de residencia. Entre naciones no tienen los mismos derechos.

[1] Todo es consecuencia, la mayoría gana, pero no por eso significa que lo voy a matar. Hay un control social en donde todos están de acuerdo.

[1] Se aplica aquí en El Salvador Como el FONAT, por ejemplo, no me gusto no lo voy a hacer y voy a hacer una marcha, huelgas, tirar piedras. En Europa lo que pasa también hay manifestaciones, pero normalmente se dan revoluciones a diferencia de la de nosotros, se da ya que estas personas tienen una argumentación jurídica política y social. Tienen una teoría de donde fundamentar. Aquí en el salvador es porque es injusto y no me gusta ya no lo voy a hacer. Los regímenes de excepción según el art. 29 CN. Si es solo por gana no tiene ninguna fundamentación.

[1] Si ella no nos hace notar su error, tendremos una humillación peor.

[1] Porque el mismo sistema presupuestario alemán, el mismo sistema alemán les ha funcionado muy bien. Cuando hay una sociedad heterogénea como en ESA y no hay derecho de residencia. Entre naciones no tienen los mismos derechos.

Tipos de control social según los procesos sociales

  1. Controles que ejerce un grupo social sobre la conducta de los miembros de otro grupo.[1]
  2. Control que ejerce un grupo o autoridad sobre sus miembros.[2]
  3. Control que ejercen los individuos sobre otros, ya sea mediante el carisma, dominación personal, prestigio o empleo de la violencia Física.[3]

Tipos de control social según las sanciones

  1. Controles de sanción punitiva interna. [4]
  2. Controles de sanción punitiva externa.[5]
  3. Controles de Sanción Punitiva Mixta.[6]

El Derecho Como Hecho Social, Determinación, Especificación Y Característica

El Derecho como hecho social

El derecho se presenta en una sociedad como la interacción de tres dimensiones:

  1. Norma: es decir una regla que regula la conducta humana.[7]
  2. Hecho social, es decir las formas de obrar de pensar y sentir exteriores al individuo. [8]
  3. Valor: es decir el sentido finalidad y justificación de una norma.[9]

Émile Durkheim

  1. Obra: las reglas del método sociológico – 1985.[10]
  2. Hecho social: objeto de estudios de la sociología.[11]
  3. Los hechos sociales son formas de obrar[12], de pensar[13], sentir exteriores al individuo.[14]
  4. Exterioridad de los hechos sociales permite diferenciar entre los fenómenos psíquicos y los hechos Sociales en sí mismos.

Características del hecho Social[15]

  1. Exterior: el hecho social se da en sociedad o en un grupo de forma individual
  2. Coercitivo: el individuo se comporta conforme a las normas y reglas de la sociedad.
  3. Imperativo: se imponen a los individuos, les guste o no. Es ley y lo tiene que cumplir. Ej. El FONAT.
  4. Colectivo: el hecho social es parte de la sociedad.

El Derecho como Hecho Social

El derecho establece normas de convivencia. Nacemos en un país con una determinada historia, tradiciones, leyes[16], costumbres y un ordenamiento jurídico.[17] EL derecho que se deriva de los miembros de la sociedad que operan de distinta forma de ella. El derecho es parte de la sociedad debido a que se encuentra en relación con los factores sociales.[18]

Especificación

  1. Hecho Social - Sociedad
  2. Institución: todas las creencias y modos de conducta instituidas por la colectividad. (Grupos personas)[19]
  3. La sociología según Durkheim se define como las ciencias de las instituciones, de su origen y funcionamiento.[20]

Determinación del Derecho

El derecho desde el punto de visa de hecho social:

  1. Legitimidad de origen: el órgano que las dicta tiene que ser legítimo.
  2. Legitimidad de contenido basado en el respeto a la diversidad social y la tolerancia.
  3. Respeto a las minorías[21].
  4. Respeto a los derechos fundamentales[22].

 

[1] Las maras no dejan salir a los de alguna zona del país después de las 5 porque los puede matar.

[2] Ya se incluyen a los militares porque es una autoridad. Porque siendo el general tengo que saludarlo y él me da órdenes. Se ejerce un dominio sobre él.

[3] Hay algún tipo de injerencia, es un control indirecto. A nosotros nos beneficia. La reina de Inglaterra nos puede dar algunas libritas esterlinas para hacer un hospital y nos beneficial.

[4] Cada vez que yo diga una mala palabra me pegare con el hule y me estoy auto controlando y castigando solito.

[5] Son las cárceles, multas con intereses.

[6] En una sola persona es externa o interna por ejemplo el aborto. Osama Bin Laden externa porque nos revisaban la vida. La enfermera también la sanción puede ser interna o externa (Echar del hospital) – la consecuencia del daño que ha hecho. Si ella acepta el error seria mixta.

[7] Es el art. En general.

[8] Si no materializa sus pensamientos, no hay ningún. 

[9] Para que fue creada la ley de medio ambiente. En el preámbulo está el valor.

[10] El matrimonió es una obra.

[11] Cuál es el objetivo de la SJD: Sus fenómenos jurídicos en los actos y hechos. Cuál es el objeto de estudio de sociología son los hechos sociales.

[12] El matrimonió.

[13] La creación de leyes, porque Ud. Cuando hace una ley tiene que pensar en el beneficio colectivo que le puede dar a la población salvadoreña. Las sentencias de la misma manera, fuente de derecho, pero es un hecho social porque tiene relevancia.

[14] No necesariamente tienen que ir estos ligados

[15] Si un hecho social no tiene estas características., NO ES UN HECHO SOCIAL. El sistema SUBES es un hecho social.

[16] LEPINA

[17] La insurrección campesina, huelga de brazos caídos, acuerdos de paz.

[18] Las circunstancias que establecen a una persona en determinado sector de la sociedad, factor económico, político

[19] Las instituciones son también factores sociales, porque hay conductas creencias,

[20] La eucaristía es una institución, la educación es una institución. Desde el punto de vista de la SJD La familia. El matrimonió es una institución jurídica, social y religiosa.

[21] Respetar las minorías, por ejemplo, a los homosexuales.

[22] Respetar los derechos fundamentales a la vida.

[1] Si un hecho social no tiene estas características., NO ES UN HECHO SOCIAL. El sistema SUBES es un hecho social.

[1] LEPINA

[1] La insurrección campesina, huelga de brazos caídos, acuerdos de paz.

[1] Las circunstancias que establecen a una persona en determinado sector de la sociedad, factor económico, político

[1] Las instituciones son también factores sociales, porque hay conductas creencias,

[1] La eucaristía es una institución, la educación es una institución. Desde el punto de vista de la SJD La familia. El matrimonió es una institución jurídica, social y religiosa.

[1] Respetar las minorías, por ejemplo, a los homosexuales.

[1] Respetar los derechos fundamentales a la vida.

  1. Las normas jurídicas han de ser ajenas a cualquier arbitrariedad.[1]

Características del derecho según la SJD

Según Soriano el derecho como norma social tiene 3 características:

  1. Norma social histórica
    1. el derecho es producto de la cultura que surge en un tiempo y en un lugar determinado.
    2. El derecho se produce en determinadas circunstancias.
  2. Plurifacética[2].
    1. Posibilidad de estudiar el derecho desde distintos ámbitos. (Aprenderse el pensum)
    1. El derecho no se limita a ramos acotados y definidos en el tiempo y en el espacio.

Formalismo Jurídico

Formalismo[3]

Desde una perspectiva general, constituye una visión del derecho que afirma: enfáticamente que la única fuente de las razones para un argumento jurídico es el ordenamiento jurídico positivo. Esto implica que los aspectos derechos como la justicia, no son cuestiones que deba decidir el juez a través sentencias, sino que es una tarea exclusiva del órgano legislativo a través de la promulgación de leyes.

Los supuestos del formalismo jurídico

  1. La independencia disciplinar del derecho con relación a otras ciencias. [4]
    carácter científico del derecho y su autonomía como campo de conocimiento.
    los positivistas estipularon que los principios y conceptos y teorías generales del Derecho que son frutos del conocimiento científico, debido a que resultan de análisis textualista y formal de los textos jurídicos.
    El Derecho es autónomo de las demás ciencias, en la medida que es capaz de explicar por sí mismo, todos los fenómenos que lo componen.[5]
  2. La neutralidad ideologice de las NJ.[6]
    El derecho representa una disciplina independiente de la política y la moral y en esa medida, esta pureza del derecho se verifica en dos características de las normas jurídicas positivas, la generalidad[7] y la publicidad[8], las cuales garantizan que todas las personas se hallen en igualdad de condiciones frente a la ley, ya que todas conocerán con anticipación las reglas a las cuales se sujeta la convivencia, y podrán acomodar su comportamiento a ellas.[9]
  3. La posibilidad de resolver un caso, solo mediante el uso exclusivo de fundamentos normativos positivos. [10]
    el ordenamiento jurídico positivo ofrece una solución normativa para todos los casos que deban resolver o lo que es lo mismo que el ordenamiento jurídico positivo es “Completo”.
    Alchourrón y Bulygin, aclaran que la afirmación de que el ordenamiento positivo es capaz de resolver todos los casos que se les presenten debe entenderse asumiendo que la expresión: “todos los casos”, se refiere únicamente, al universo de casos que el mismo sistema considera como relevantes, y no a todos los casos posibles.[11]
  4. La prohibición que tiene el juez para apartarse del pensamiento del legislador.[12]
    Los intérpretes y en especial para los jueces, no pueden interpretar la ley más allá del sentido puramente literal de los textos jurídicos, que son únicos depositarios fidedignos de la voluntad expresadas en el congreso.[13]
    Esta es la idea de la llamada objeción contra mayoritaria, según la cual, sería contrario al sistema democrático republicano que unos pocos jueces, que no son escogidos en las urnas, que tengan prelación sobre el gobierno o el congreso.[14]
  5. La labor interpretativo como un medio del “Descubrimiento de la ley”[15]
    el intérprete jurídico debe descubrir el sentido de la norma dentro del texto legal y no “crearlo” con base en sus propias convicciones.
    Vista así, la interpretación jurídica se puede definir como el descubrimiento del significado inherente de la regla legal interpretada, el cual siempre se podrá reconstruir preservando la voluntad del legislador, y no como un ejercicio de “atribución” o “creación” de n significado de la norma.

Características del Derecho según el formalismo jurídico

  1. Completo: no hay lagunas en el derecho. (La mayor parte de las lagunas las han creado los intérpretes).
  2. Consistente: carece de antinomias. (una antinomia es aquella situación en que hay dos normas, una de ellas obliga y permite comportamiento X y la otra lo prohíbe).
  3. Preciso: porque las normas no son vagas, ni ambiguas. (si fuera cierto los jueces se limitarían a aplicar las leyes, sin embargo, no es así en la realidad y pueden existir las imprecisiones).

Conclusión

  1. El formalismo jurídico defiende la suficiencia del ordenamiento jurídico y su separación de la moral y la política.
  2. Esta concepción ha influido también en la formación de la dogmática jurídica, sin embargo, el derecho legislado no puede por sí mismo resolver todos los problemas y de ahí que se recurra a criterios que normalmente no provienen del legislador para resolver estos problemas que no quedan inconclusos, y para ello se elaboran meta-criterios para dar preferencia a unos sobre otros.

Sociologismo Jurídico[16]

Sociologismo

El sicologismo es aquella tendencia de pensamiento que acentúa excesivamente la importancia y valor de la sociología, situando el primer plano la dependencia del hombre de los acondicionamientos sociales que circundan y pretendiendo reducir toda la interpretación de la vida humana a sus elementos sociales.

El Sociologismo Jurídico[17][18]

El sicologismo jurídico es la concepción del Derecho donde lo importante será la jurisprudencia y no la legislación, y los principales factores jurídicos a tener en cuenta son los relacionados con la aplicación efectiva del derecho ante los tribunales, las normas o reglas jurídicas ejercen una influencia menor sobre las decisiones de los jueces y lo importante será sus carácter cultural, sus debilidades y aborrecimiento,  sus perjuicios y opiniones e instinto , estos factores son los que determinan la solución jurídica de cada caso. Diferencia entre Sociologismo jurídico y Formalismo. El formalismo se basa en las leyes secundarias, se basa en una visión del derecho. Y el sociologismo se basa en jurisprudencia.

Premisas del Sociologismo Jurídico.[19]

En el sociologismo jurídico se utiliza el método inductivo, para intentar estudiar la sociedad. Afirma que la sociedad es un organismo, es decir que todas formamos un ser físico nuevo o un organismo vivo. Los individuos que conforman a este organismo lo reciben toda la sociedad: vida, civilización, valores humanos.[20] La sociedad hace al hombre.[21] El derecho nace en la sociedad y no en el individuo.[22] El derecho es el medio con que se protege al organismo social[23] para conservar su existencia.

Sociologismo Jurídico

El sociologismo jurídico está representando a principalmente por Duguit Ehrlich. Para Duguit el derecho es una realidad social y está en una parte de la realidad sensible. La pura observación de los hechos sería el único método adecuado para la construcción jurídica. Según E. Ehrlich el derecho solo puede saberse mediante el método inductivo y de observación de la conducta de los grupos humanos, pues la conducta sería un producto de las fuerzas que actúan en la sociedad.

Elementos para considerar para el jurista

  1. Elementos naturales: clima, suelo, fuentes hidrológicas, cubierta vegetal, especial animales. [24]
  2. Elementos Sociales: oblación, religión, etnias, política, gobierno, fronteras, ciudad, cultura.[25]
  3. Elementos Económicos: Minería, industria, comercio, turismo, globalización, banca, empleo, PIB, transportes, servicios, agropecuario. [26]

Sentencias Destacadas

  1. Sentencia de la SLC de la republica de El Salvador.
    1. 61-2009-1
    2. Tema: Candidaturas independientes.
  2. Sentencia de la SCA de la republica de El Salvador.
    1. n° 295-2007
    2. Demanda al ISSS por no haber brindado servicios hospitalarios.

Iusnaturalismo

Referencias sobre el Iusnaturalismo

El Iusnaturalismo tiene sus raíces en el latín: ius, significa derecho y naturalis que significa perteneciente a la naturaleza o conforme a la calidad o propiedad de las cosas.[27] Al hacerse referencia al naturalismo, se entiende al sistema filosófico que consiste en atribuir todas las cosas a la naturaleza como inicio o principio. [28]

Concepto General

El Iusnaturalismo puede definirse como la doctrina que considera al derecho desde el punto de vista natural y se debe hacer referencia a todas las doctrinas que tienen relación con el derecho natural.[29]

Derecho Natural[30][31]

Juan palomar de miguel: define al derecho natural como los primeros principios de lo justo y de lo injusto, inspirado por la naturaleza. El derecho natural está conformado por el conjunto de normas jurídicas que tienen sus bases en la naturaleza humana, o sea, es el conjunto de juicio de la razón práctica que enuncian un deber de justicia[32]

Critica al derecho Natural[33]

Existen autores que refutan la opinión de que sea un derecho del orden moral o un código ideal de normas, ya que no sería derecho, sino moral, y por tanto no existiría de manera real, sino solo de manera ideal; esto impide que la verdad y la justicia dependen de la voluntad del legislador.[34] Esto se basa en la moral y si se basa en la moral y la naturaleza eso no es derecho. Porque el derecho es un conjunto de normas coercibles que rigen la convivencia humana.

Premisas del Iusnaturalismo

Soporta las reglas de la convivencia humana basada en su misma naturaleza como reglas universales para la vida en sociedad. El derecho Natural es una parte de la ley natural, ya que esta además se refiere al comportamiento humano individual que es en realidad norma moral.[35]

Tesis del Iusnaturalismo

Existen principios morales y de justica universales válidos, perceptibles a la razón humana que conforman al derecho natural.[36] Un sistema normativo o una norma no puede ser calificada de jurídica si contradicen los principios morales o de justicia. [37]  ¿Se basa en valores jurídicos el Iusnaturalismo? Si se basan porque la tesis que estudiamos es que se basa en la moral y la justicia y la justica es un valor jurídico perse. Ningún orden positivo es obligatorio si no concuerdan con tal derecho natural.[38] La ley humana es un acto volitivo del poder soberano del Estado; debe estar estructurada conforme a la razón para lograr el bien común. [39]

Utilidades del Iusnaturalismo

Jorge Witker: La creencia es un derecho natura, tiene una utilidad para la argumentación política y de la manipulación moral. [40] La base de esta creencia consiste en que las normas de conducta no son producto de la decisión del ser humano, sino de instancias superiores de él, lo cual ha sido y es, un medio efectivo de control social, que implica la idea de que el hombre no puede o no debe, decidir éticamente sobre su propia vida.

Tesis del positivismo jurídico

Tendencia contraria al Iusnaturalismo. No existe una relación necesaria entre la moral y el derecho. No existe una moral objetiva.

Conclusión

Todas las tendencias Iusnaturalistas explican el derecho en base a elementos que van más allá de la experiencia humana y son aceptados dogmáticamente. El Iusnaturalismo se tergiversa el significado del derecho, porque en realidad lo que se hace, es valorarlo y simultáneamente predicar sobre la moral.[41] ¿Cuál es la tendencia que predomina?  Positivismo que más predomina en El Salvador.

Formas de control social: La norma Jurídica

Formas de control social

Empleo de la violencia física. (Negativa)[42]. Uso de amenazas que produzcan intimidación, miedo, chantaje o extorsión.[43] Publicidad engañosa para lograr doblegar la voluntad de las personas. Con el proceso educativo, con el propósito expresión de amoldar a los estudiantes a determinadas pautas, conductas o ideas. [44] Por medio de la imitación.[45] Por medio de conocimientos científicos[46] y sus derivados técnicos.[47] A través de la distribución del poder económico.[48] Máxima forma de control social es a través del derecho. (La Constitución).

Desviación Social

Buenas o malas conductas nos llevan a un comportamiento social.  Pero si las conductas malas son las que predominan tiene una desviación social.

 

¿Conductas que no contribuyen a la desviación social? El Narcisismo. La baja autoestima. La drogadicción. (Psicológico porque depende las drogas)

Derecho como instrumento del control social

Derecho conjunto de normas y reglas de conducta obligatorias para los individuos dentro de la sociedad misma.

El derecho como resultado del poder social

  1. Para el sistema dl derecho positivo, que nació mediante un hecho de poder social, vigente es necesario, que existía una realidad de poder colectivo siga apoyando dicho sistema.
    1. Un hecho social formas social de actuar pensar ajenos al ser humano. Hecho Jurídico El huracán Mitch. Acto jurídico es un contrario una compraventa.  Estos se juntan y se convierte en un sistema jurídico. Los hechos jurídicos pueden denominar de la naturaleza y de uno de actitud. El hecho social se combina con los procesos sociales llegamos a unos sistemas jurídicos. Homicidio es un acto jurídico según Torré.

El derecho constituye un resultado

El derecho constituye un resultado de una serie de procesos sociales.[49]

 

Fuerzas Sociales

George Rupert clasifica a las fuerzas sociales actuantes sobre el derecho dos categorías:

  1. Fuerzas conservadoras: las cuales tratan de mantener el derecho existente y;[50]
  2. Fuerzas Reformadoras: Que tratan de modificarlo o transformarlo.[51]

¿La delincuencia es una fuerza reformadora? Si, si es una fuerza reformadora. El derecho no puede reformar actos inexistentes. Puede ser un medio para crear derecho. No es una fuerza reformadora porque se basan en la legalidad es decir creará un código penal pero la delincuencia como tal hay delitos.  [52] Fuera una fuerza reformadora si modificara el código penal.

Factores que transforman un derecho

Los factores constantes de la realidad jurídica. Hechos y de condiciones sociales. Los que pertenecen a la naturaleza. Los valores.

Los datos de la materia social. La realidad social suministra una serie de hechos, de ingredientes, que ejercen influjos o tienen intervención en la génesis, el desarrollo y la realización del derecho.  La sociología del derecho colinda con la sociología general y la política debido a que le derecho aparece como resultado de una serie de proceso sociales. [53] ¿Qué estudia la política? Ciencia que estudia la relación entre gobernantes y gobernados y el cómo mantener, el poder.

¿Elemento común entre estas tres ciencias? (SJD, Sociología General y la política).

Las fuerzas sociales que actúan sobre la legislación

Un auténtico poder social no se consiste en un fenómeno de opinión pública. La opinión pública encaminada a actuar sobre la legislación se manifiesta de diferentes maneras: desfiles, mítines, discursos artículos de periódico, carteles, conversaciones privadas, cartas y telegramas a las autoridades y los miembros al órgano legislativo. La formación de una corriente de opinión pública, sin embargo, no suele ser espontanea. En la mayor parte de los casos provocada u orquestada por algunos diferentes. [54] ¿Qué es la opinión pública en la sociología general? Es una herramienta del método científico. Para hacer sentir su fuerza al legislador, las personas que tienen intereses comunes se asocial y se organizan. Algunas organizaciones tienen por objeto la protección de los intereses materiales de sus miembros asociaciones de propietarios de bienes inmuebles. Rurales y urbanos [55]

Fuerzas sociales que transforman la legislación

  1. Sindicatos: transforman la legislación porque la mayoría de las personas que recibían violaciones eran los trabajadores.
  2. Corporaciones: MC, Microsoft (Derecho de propiedad intelectual), Apple, Coca-Cola.
  3. Comunidad internacional. ONU, OIT. [56]
  4. Países.
  5. Los partidos políticos.

Eficacia del orden normativo en la sociedad

El derecho no es solo una serie de hechos sociales, sino que, además, ya una vez formado, constituye una causa de otros fenómenos sociales. Según Barth todo orden jurídico refleja tres elementos. Una unidad espiritual, conlleva a la lealtad y el consenso; Un conjunto de sanciones y; la institución de la instancia.

Factores para lograr la obediencia de la norma Jurídica

Los factores que contribuyen a lograr la obediencia de la norma son muy variados. De acuerdo con Hagerstrom una norma es obedecida por:[57] (no puede huir del derecho)

La fuerza del hábito y la costumbre el sentido de la tradición. La internalización de otras normas, fundamentalmente las morales. El temor a la sanción, a una coacción exterior. La general inclinación para adaptarse a las circunstancias. El temor a la anarquía. - ¿Quién quiere vivir así? El instinto social.

 

[1] Es decir, vamos a analizar el FONAT, es arbitrario el FONAT o no. Que no está justificado jurídicamente.

[2] Diversas ramas, caras, estudiar o especializar.

[3] El positivismo son las leyes secundarias, no la CN ni ordenanzas ni reglamentos. La única fuente de derecho en la que se basará. Para ellos es el único órgano que debería de existir, esta es una tendencia. Único órgano para prevalecer es el legislativo, pero para los jueces, todos los fallos deben de basarse en una ley secundaria.

[4] Para los formalistas el derecho es autónomo. Pero el derecho es heterónomo porque se relaciona con otra ciencia.

[5] El problema para los formalistas es que para todos los problemas se regulan con el Derecho.

[6] ¿Todas las normas son políticas?

[7] Para todos

[8] No puede alegar ignorancia de la ley

[9] Segunda crítica: es que tiene algún grado de influencia, la moral y el derecho.

[10] Solamente a leyes secundarias.

[11] No todos los derechos no son del mismo valor jurídico, el derecho a la vida. Los formalistas jurídicos decían que la relevancia en resolver el caso depende de su generación.

[12] Ud. señor juez no tiene derecho a pensar, tiene que hacer una aplicación gramatical de la ley.

[13] Algo que no regula el derecho es a donde hay vacios de ley.

[14] Una AL ideal tendría que estar conformada por personas graduadas en Lic. en Economía, política, derechos, RRII, medicina e ingeniería.

[15] Ud. No lo sabe todo empiece a leer. Como complementar una ley secundaria con toda.

[16] Se basa en la jurisprudencia.

[17] Lo importante para esta tendencia es la jurisprudencia no la legislación.

[18] En las precedencias se encuentran los hechos sociales.

[19] Todos formamos partes de este sistema físico.

[20] Nosotros recibimos eso no de la sociedad, sino la familia.

[21] El hombre es el que hace a la sociedad.

[22] Para los sociologistas el derecho nace en la sociedad. Pero para los formalistas dicen que no, que nacen en los individuos es en los individuos porque ellos son los que piensan. Ud. Como siempre vivirá en sociedad, necesita el derecho.

[23] La sociedad.

[24] Huracán Catrina.

[25] Transfusiones de Sangre a los testigos de Jehová.

[26] Plagio a un libro.

[27] Edipo Rey existe un oráculo. Es el que te dice tu destino.

[28] Naturalmente hay que atribuir a la naturaleza que te pasa.

[29] El derecho divino como tal. Con los sacerdotes romanos.

[30] Iusnaturalismo es un sistema filosófico, y el derecho natural se toma más el derecho mismo. Los valores jurídicos.

[31] Prevalece la justicia, lo que es justo o no.

[32] Solo los jueces y los magistrados pueden ver que es justo o no.

[33] Las obligaciones naturales no devienen del Iusnaturalismo y el derecho natural.

[34] En nuestro ordenamiento jurídico si hay derecho natural, en la constitución y en todas las leyes secundarias. En el derecho penal y en el derecho civil en la parte de bienes y personas.

[35] La realidad es la norma Moral: Existen leyes naturales (Karma), Todo lo que tenga que ver con la naturaleza como tal. La fuerza de la gravedad es unas ciencias naturales y la tendremos que ver adentro de las leyes naturales.

[36] Moral objetiva.

[37] Al existir moral objetiva, no se pueden contradecir en contra de los principios fundamentales de los humanos. A donde se encontrarán las tendencias Iusnaturalistas. En los preámbulos.

[38] Todas las personas del género masculino tienen que hacer dos exámenes más porque su grado de madurez no es igual que el de las señoritas. Viola el principio de justicia que es la igualdad. Materialmente es obligatorio, pero materialmente no. Según la tesis del Iusnaturalismo no concuerda con el DD natural. Si todos los militares van a tomar les aplicaran la pena de muerte.

[39] En el estado debe prevalecer el bien común.

[40] Lo que plantea es algo peligroso porque no está diciendo que atendiendo a principios moralistas se le puede cambiar la voluntad al legislador.  En la política sirve la argumentación Iusnaturalistas.

[41] El derecho no puede ser valorado, tiene que ser cumplido y punto.

[42] Se aplica el dominio. Se materializa los golpes.

[43] El miedo a las pandillas

[44] El proceso educativo influye en las personas.

[45] Hay un estereotipó un ejemplo a seguir.

[46] El que más sabe tiene más poder.

[47] Albert Einstein creo la bombita.

[48] Luis XVI lo mataron por la corrupción de la mala distribución económico.

[49] La interacción de los tres planos  de los tres planos de la sociología.

[50] Es archimillonario no le gustara estar dando su dinerito.

[51] Son los que miren yo no tengo nada y yo tengo que salir de aquí y tengo que hacer algo para ya no estar en este estatus.

[52] La delincuencia es un medio de control social negativo.

[53] ¿Objeto de estudio de la sociología General? Acción Social.

¿Cuál es el objeto de estudio de la sociología jurídica?  Son los fenómenos jurídicos.

[54] Normalmente va encaminada a formar un cambio a los tres órganos del estado. Tiene que hablar con fundamento.  Se manifiesta la opinión pública de diferentes maneras y esto afecta el órgano jurídico.

[55] Se organizan si tienen intereses comunes.

[56] Si lo suspenden de un organismo internacional integrada con la normativa internacional tendrá un caos. Ayuda económica, ayuda voluntaria. Comunidad internacional influye en derecho economía y política.

[57] Si se muda a otro país tendrá que cumplir las normas de otro país. Derecho de extranjería.  Ej.: No puede votar en otro país.