Derecho Bursátil - Parte 1

Índice

Clases y Anexos de Derecho Bursátil-0 (DBU-0)

Primer periodo

Sistema financiero de El Salvador

El mercado bancario es un mercado cerrado.

En SLV solo tenemos una unidad especializada de custodia de valores autorizada por la SSF. CEDEVAL. Nació por la ley de Anotaciones electrónicas y valores en cuenta.

Valores desmaterializados: Valores que no están en físico.

Mercados financieros

Mercado: plaza donde se compra y se vende bienes o servicios lícitos. El vendedor con una finalidad de lucro. El comprador es satisfacer una necesidad.

¿Quiénes intervienen en el mercado financiero?

Demandantes y oferentes de servicios financieros.

  • El oferente por excelencia es el banco.
  • El demandante es el público si es por el lado del ahorrante es o depositante y por el otro lado el deudor o tarjetahabiente.
  • Bienes o servicios: Cuenta de ahorro, préstamos. Por la seguridad. Tener un préstamo me da una liquidez inmediata.
  • Los mercados financieros siempre serán lugares en donde existían demandantes y oferentes de servicios financieros de recursos monetarios, siempre hay un lugar en donde intervienen demandantes y oferentes de servicios financieros de recursos monetarios para satisfacer una doble necesidad. En los mercados financieros siempre hay un ganar-ganar. Siempre hay de por medio un recurso monetario entendido esto dinero.

Los mercados financieros su característica es que siempre moverán dinero. Siempre está de por medio dinero.

Dependiendo del tipo de operación mueve su dinero propio y dependiendo de otra operación el dinero que maneja es un dinero ajeno (dinero de los ahorrantes).

La otra característica de los mercados financieros ese recurso es del propio y en otras veces es dinero ajeno.

Mercado financiero son aquellos mercados donde se reúnen demandantes y oferentes del servicio financiero cuya finalidad por un lado es obtener una ganancia monetaria y por el otro lado es satisfacer una necesidad a través de recursos monetarios propios o ajenos.

División de los mercados financieros

  • Mercado bancario o mercado/monetario.
  • Mercado previsional.
  • Mercado de seguros (manejan la siniestralidad de los vehículos).
  • Mercado de valores/mercado de capitales /mercado bursátil.

La particularidad de los mercados es que están supervisados y fiscalizados por la SSF. Y tienen regulación por el BCR Art. 1 inc. final y Art. 2 LSRSF.

El BCR desde el 2011 se le encomienda al BCR la tarea de regular, normar a todo el mercado financiero.

NP: Normas prudenciales. Marco regulatorio en esencia.

NC: Normas contables.

Antes quien regulaba el mensaje de valores y lo supervisaba era la extinguida superintendencia de valores, esta creo mucho marco normativo para el mercado de capitales. Y el BCR lo vino a ratificar.

Cuando entró en vigencia la LSRSF se le olvidó reformar la Ley de Marcado de Valores en que no actualizo que la súper de valores ya no existe y quien vino a fusionarla fue la superintendencia del Sistema Financiero. En la mente tenemos que hacer el cambio que si leemos la Ley de Mercado de Valores (LMV) ya no existe al Superintendencia del Mercado de Valores, ahora es la superintendencia del Sistema financiero.

¿Qué es el mercado financiero?

Mercado financiero es el mercado que permite la interconexión de los oferentes y demandantes de recursos financieros.

Los recursos financieros son los recursos monetarios propios y ajenos con los que cuenta una empresa, indispensable para su buen funcionamiento y desarrollo.

Clasificación de los mercados financieros

Los mercados financieros pueden ser:

  • Mercado monetario.
  • Mercado de capitales de valores.

Primero: atendiendo a los sujetos que intervienen

  • Ahorrantes, depositantes.
  • Deudores, tarjetahabientes.
  • Bancos, banco Cooperativos.

El banco toma el dinero lo presta en créditos u obligaciones a los deudores o tarjetahabientes. Eso se llama intermediación financiera.

Segundo: atendiendo a la finalidad

  • Intermediación financiera bancaria. Intervienen una serie de sujetos, muchos sujetos, esos sujetos no son solo los bancos. En el mercado de valores se tiene a emisores de valores, ellos emiten los títulos.
  • Su finalidad se llama intermediación de valores. Segunda característica o diferencia. El mercado bancario es la intermediación financiera, la intermediación bancaria, y en el mercado de valores es la intermediación de valores.

Tercero: Riesgos

En el mercado bancario los riesgos los asume ellos.

En el mercado de capitales quien asume el riesgo en el mercado de valores es el inversionista.

Cuarto: Liquidez

La única vez que se declare sin liquidez es que se declare en bancarrota. Hoy por hoy las normas jurídicas que tenemos permiten que los bancos puedan tener control de su liquidez.

En el mercado de valores un título hoy lo pudo haber comprado tenía rentabilidad y en la tarde haya muerto.

La especulación es el peor veneno del Mercado de Valores. Aquí está prohibida.

En mercados internacionales saliendo de fronteras salvadoreñas el mercado internacional siempre hay especulación.

En los mercados de valores se dice que intervienen una serie de participantes. Certificados de inversión documentos que se le proporciona una renta fija periódica, cada certificado de inversión le costará $100.00, le pagará una rentabilidad mensual, estos títulos son de corto plazo, tienen una vigencia de 12 meses, se dará el 4 % anual, y el monto mínimo de inversión es de 100 %. Realizan estados financieros proyectados sale de la venta del negocio. Solo a referirnos a los emisores del valor, tenemos que emisores de valores pueden ser personas jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, los únicos que no pueden emitir valores son las personas naturales, ni tampoco aquellas personas jurídicas que no puedan tener una estabilidad financiera. Automáticamente los que no tengan una serie de estabilidad financiera no pueden, las personas naturales y las personas jurídicas que no tengan como demostrar su balance.

En el ejemplo del carro grupo Q es un demandante. El inversionista viene a financiar. El inversionista viene a capitalizar.

La casa corredora de bolsa es el intermediario de valores. Se encarga de conseguir a todos los potenciales inversionistas explicarles y darles a conocer qué clase de títulos, cual es la ganancia, y al mismo tiempo de explicarles potenciales perdidas, porque es posible. Ellos tratan de hacer el negocio. Al mismo tiempo tienen la obligación de asesorar bursátilmente al inversionista.

Los intermediaros de valores trabajan con los emisores de valores.

En el marcado de valores quien financia además de los bancos, y los inversionistas.

La bolsa de valores se hará a través de su mecanismo con sus sistemas. Es la encargada de proveer todos los recursos necesarios para que se den los negocios bursátiles. Es la encargada de regular la operación bursátil.

CEDEVAL: sociedad especializada en el depósito y custodia de los valores. Actualmente en ESA solo hay una empresa autorizada por la SSF para tener en administración y custodia los valores. La CEDEVAL es la que se encarga en hace la liquidación, al final del día, la CEDEVAL tendrá en una mano el dinero que pago el inversionista, y en la otra tendrá el título que está vendiendo el emisor. Es la que hace los procesos de liquidación de los valores.

  • Sociedades clasificadoras de riesgo.
  • Auditores externos.
  • Gestoras de fondos de inversión.
  • Titularizadoras.

En una sola operación comparecen todos ellos. Hay mucho más sujetos pro eso es que comparecen muchos. En el mercado de valores.

En un mercado bancarip es distinto porque el solo es el banco y el usuario.

Los organismos internacionales pueden ser inversionistas.

En el mercado bancario están los bancos.

La prima gran diferencia entre el marcado bancario y el mercado de valores son los sujetos, pero en cuanto a a la intermediación en el mercado bancario es la intermediación bancaria, y en el mercado de valores es la intermediación de valores.

En el mercado de valores la liquidez se ve como un título es rentable. Ese título rentable no solo desde el punto de vista de hacerlo ganar, sino que el mercado de valores un título es liquido desde el punto de vista que existan inversionistas interesados en adquirirlos. Liquidez es el interés de un inversionista en querer adquirir un título.

En el mercado bancario la liquidez la ven en el punto de vista que si han dinero. Se ve desde el punto de vista en que tengo o no dinero.

Mercados Financieros

  • Mercado bancario.
  • Mercado de seguros.
  • Mercado previsional.
  • Mercado de valores:
    • Organización:
      • Mercado primario.
      • Mercado secundario.
      • Mercado de reporto.
      • Mercado internacional.
    • Tipos de títulos valores
      • Títulos representativos de deuda/obligaciones.
      • Títulos representativos de patrimonio (es decir: las acciones).
    • Funcionamiento del mercado de valores

¿Cuáles son los entes que participan en el mercado?

  • Bolsa de valores
  • Emisor de valores
  • Casas de corredores de bolsa
    • Agentes corredores de bolsa (Bróker)[1]
  • Sociedad especializadas en el depósito y custodia de valores (CEDEVAL): Ley de Anotaciones Electrónicas de Valores en Cuenta (Esta ley le dio nacimiento al llamado Títulos Valores Desmaterializados). La CEDEVAL llega a tener la administración de los Títulos desmaterializados.
  • Sociedades clasificadoras de riesgo: nuestro mercado de valores nos da una herramienta de clasificación del riesgo de los títulos valores.
    • Sociedades clasificadoras de riesgo constituidas bajo las leyes de nuestro país.
    • Sociedades clasificadoras de riesgo internacionales.
    • Sociedades clasificadoras de riesgo extranjera. [2]
  • Gestoras de fondos de inversión: administra fondos de inversión. Un fondo de inversión es cuando hay un grupo de personas, y hacen un aporte mínimo. La gestora reúne el dinero y los constituye como un fondo.
  • Titularizadoras: Es otro mecanismo de financiamiento de valores.
  • Agentes Especializados en Valuación de Valores. Conocidos también como Peritos de valores.
  •  
  • Superintendencia del Sistema Financiero: como ente fiscalizador.

Oferta pública de valores

Es cuando las casas corredoras de bolsa les ofertan a los inversionistas los títulos que están disponibles en cualquiera de estos mercados para poder realizar una operación en el Mercado de Valores. La palabra pública significa que llega a un número indeterminado de valores.

La categoría E en mercado bancario significa que la persona ya no pagó, ya no pagará porque no tiene capacidad de pago. Es castigado y hay una reserva de saneamiento. En el mercado de valores E significa que la entidad no entrego la información y no brindó la razón por la cual no las entregó que estaba pidiendo la sociedad clasificadora de Riesgos. (Emisor no ha entregado la información).

Todas las entidades financieras en El Salvador si desean constituirse en El Salvadores, necesitan de una autorización especial emitida por la SSF.

Para todas las entidades financieras, y para el mercado de valores, para poder empezar a operar necesitan de otra autorización especial de la SSF.

La bolsa de valores de convierte en un ente regulador y supervisor.

Las casas de corredores de bolsa son los intermediarios, son los que andan buscando los vendedores de los Títulos.

Mercado financiero

Permiten una interconexión entre demandantes y oferentes de productos o servicios financieros y también de recursos monetarios. Los recursos monetarios como tal pueden ser tanto propio como ajeno.

Instituciones financieras que pueden manejar recursos financieros ajenos, con la debida regulación.

División del mercado financiero

Nuestro Mercado Financiero esta divido en 4 mercados:

Mercado bancario/financiero

Es el que se encarga entre la interconexión bancaria. Los dos servicios fuertes es la captación y colocación.

Mercado previsional

Intervienen las administraciones de fondos de pensiones, cotizantes (El activo), pensionado, patrono o empleador.

Lograr obtener de parte de los cotizantes, obtener dinero que no es dinero de los fondos de pensiones para poder invertirlos en títulos a nacionales o extranjeros para crear un rendimiento. Es hacer crecer y que pueda invertir en otros mercados financieros.

Mercado de seguros

Intervienen las aseguradoras.

Aseguradoras de ramo de vida y asegurador de daños.

Vida: personas hospitalario y médico.

Daños: robo, incendio, terremotos, vehículos, otra clase de bienes.

Trabajan en base a riesgos de eventos que si suceden, la compañía de seguro asume el resigo y lo paga. Si el evento no lo sucede, no paga nada.

Mercado bursátil

Intermediar valores.

Diferencia entre el mercado bancario o financiero y el mercado bursátil

Primera diferencia: la finalidad

Ambos quieren satisfacer necesidades económicas.

Existe una entidad que oferta un producto o servicio financiero, provee de recursos monetarios a otro que lo demanda.

Nosotros somos demandantes de un servicio financiero, de un recurso monetario. Acudimos al Banco para que nos financia. El banco es un oferente de dinero, ofrece un servicio financiero, ofrece un crédito de estudios con tasas y condiciones preferenciales. El bancario intermedio dinero.

El mercado bursátil intermedia valores. Le decimos a la casa corredora de bolsa. Buscan el dinero para capitalizar el emisor de valores que son los que venden títulos, y ellos adquieren una obligación de pago al cabo de cierto tiempo. El mercado bursátil permite apalancarse a través del dinero del inversionista.

El mercado bancario y bursátil cumple el mismo objetivo, satisfacer necesidades económicas y buscan capitalizarse pero con distintos instrumentos.

En el prospecto de emisión es un documento por ley obligatorio que debe de tener todo inversionista para tomar su decisión de inversión.

Sujetos:

  • Demandante
  • Emisor
  • Casa corredora de bolsa

La casa corredora de bolsa celebra un contrato de comisión con el Emisor. Esto incluye el procedimiento que se realiza en la SSF. En el contrato de comisión quedan establecidas todos los contratos que realizará la casa Corredora de Bolsa. Las cláusulas más importantes negociadas en el contrato son los servicios de la Casa Corredora de Bolsa; lo segundo es la forma de pago, y el tercer es cuales son las responsabilidades que adquiere la casa corredora de bolsa porque está representando al emisor de valores.

Orden u hoja de liquidación es el símil del contrato de compraventa, pero el mercado bursátil tiene una legislación distinta. La hoja de liquidación la imprime la bolsa de valores. La firman las casas de correa de bolsas en nombres de sus clientes, y la firma la misma bolsa que es la garante de este negocio.

Segunda diferencia entre el mercado bancario y bursátil: los sujetos que intervienen

Mercado bancario:

    • Bancos Cooperativos.
    • Asociaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito.
    • Sociedades Cooperativos de Ahorro y Crédito.
    • Emisores de Tarjetas de Crédito.
  • Clientes o Usuarios del Servicio Bancario
    • Depositantes o Ahorrantes.
    •  
  • SSF: Es el Común denominador, porque observa el Mercado Bancario.

Mercado bursátil:

  • Emisores de valores: Los que emiten títulos. Personas jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
    • Las AFP.
    • Las aseguradoras.
    • Los bancos pueden ser emisores.
    • Las municipalidades.
    • Organismos internacionales.
    •  
  • Inversionistas: Pueden ser los mismo que intervienen en el mercado bancario. Se le llama participe también
    • Las AFP.
    • Las aseguradoras.
    • Los bancos pueden ser emisores.
    • Las municipalidades.
    • Organismos internacionales.
    •  
  • Bolsa de valores: Que tengan por finalidad brindar todos los medios, instrumentos para que se haga ese negocio bursátil.
  • Casas de Corredores de Bolsa.
  • CEDEVAL: Central de Depósito y Custodia de Valores de El Salvador. Es la garante de que los títulos existen.
  • Sociedades Clasificadoras de Riesgo: En el mercado bursátil, ellos garantizan que alguien que los emisores están sólidos económicamente hablando. Ellos clasifican el riesgo de los Títulos y de los emisores.
  • Agentes especializados en la valuación de valores.
  • Gestoras de fondo de inversión.

Los bancos y las aseguradoras la ley las obliga a emitir y a Invertir (Art. 6 LB)

Todas estas listas son públicas. Art. 6 del Mercado de Valores. En el Registro Público Bursátil.

Tercera diferencia: quién asume los riesgos

En el mercado bancario el riesgo los asume el banco. La institución financiera.

En el mercado bursátil el riesgo lo asume son los inversionistas. Por naturaleza es un mercado de riesgos. La normativa jurídica del mercado bursátil es tratar de controlar el riesgo no de erradicarlo ni de prevenirlo.

El inversionista que desea invertir el busca a los. Emisores de valores directamente. En El Salvador, la busca directa no está permitida (Art. 60 Ley del Mercado de Valores).

Art. 60 LMV

Art. 60 Inc. 1

La oferta, colocación y liquidación se hace con conductos de la casa corredora de bolsa. Es por medio de intermediarios.

El agente corredor de bolsa, buscar a los inversionistas es su objetivo.

Mercado de valores o mercado de capitales o mercado bursátil

En El Salvador el mercado de capitales está regulado por la SSF, a través de la Ley del Mercado de Valores y la LSRSF.

Es un mercado organizado donde se compran y venden, a través de inversionistas y emisores de valores (Empresas), pudiendo ser estos personas naturales (persona individual susceptible a contraer derechos y obligaciones) o jurídicas (ente que puede ser titular de derechos.)

¿Cómo se organizan los mercados de valores?

En la práctica 2 formas:

  1. A través de la búsqueda directa: consiste en que los inversionistas deben buscar su contraparte directamente sin ninguna intervención de ningún tercero. El emisor aquella persona jurídica que necesita capitalizarse. El emisor de valores estructura la emisión, el solicita autorización directamente a su ente regulador para poder emitir esos títulos. El emisor busca inversionista, lo invita que lo conozcan a él como emisor. Ellos hacen la búsqueda directa del inversionista. Tanto el emisor como el inversionista quien asume los costos es el emisor, y por el lado del inversionista es el inversionista.
  2. A través de intermediados: Art. 60 Inc. 1 LMV. Los intermediarios ponen en contacto la oferta y demanda de valores así:
    1. Contactan con un cliente que desee comprar o vender un título u ofrecen las diferentes alternativas de compra y venta qué hay en el mercado, acordando la operación por medio de intercambio.
    2. Acuden en nombre de un cliente a una bolsa de valores para comunicar la operación de compra o venta que desea realizar el cliente. A la bolsa de compra o venta que desea realizar el cliente. A la bolsa acuden otros intermediarios con posiciones de compras y venta, al realizar la negociación se adjudica al mejor precio de negociación posible.

Intermediarios

Casa Corredora de Bolsa

Art. 60 Inc. 1 LMV.

La Casa Corredora de Bolsa es una persona jurídica.

Particularidad: todos los entes que participan en el mercado y que están regulado dentro de la LMV son creados con una única y exclusiva finalidad, de tal manera que dentro del mercado de valores no hay otra institución u otro ente que pueda venir a suplirlo. Las casas corredoras de bolsa son representadas por agentes corredores de bolsa. Es la persona física que representa a la casa corredora de bolsa y se sienta con el inversionista y con el emisor a atenderlo como cliente.

Una vez autorizada la emisión de valores nos autoricen la SSF a poderlos promocionar al público. La SSF intermedia la autorización. Una vez la SSF autoriza que se oferte, la casa corredora de bolsa empieza a ofrecerle la emisión a cada uno.

El inversionista toma la decisión de invertir, la CCB le recibe el dinero al inversionista. Y este se lo traslada al emisor de valores, porque este vende el título a un inversionista. Después de trasladarlo, obtiene las autorizaciones de la SSF y de la central y depósito y custodia de valores para entregárselo.

Toda esta intermediación la hace la CCB a través de la SSF.

El inversionista contacto un la CCB.

La CCB le dio toda la información actualizada y todavía se sentó con el inversionista, hicieron proyección, análisis, y le dio todos los insumos para que tuviera un panorama de invertir o no, en ese caso no tiene responsabilidad.

Pero tendrá responsabilidad cuando obligado a entregar información en un periodo de tempo determinado no lo entrego. Si la CCB no hace su función de asegurar, advertir, y por eso el inversionista pierde la CCB tiene responsabilidad administrativa (Sancionado por la SSF y la Bolsa de Valores), Responsabilidad Penal (Si está tipificada como delito), responsabilidad civil.

La complejidad de la CCB para evitar el lavado de dinero y activos implica una responsabilidad grande para las CCB. En el mercado de valores en las CCB tienen que tener a sus emisores o inversionistas perfilados por el tema de lavados de dinero, el CCB tiene doble.

Se tiene regulaciones del BCR, leyes en sentido formal especiales.

¿Cómo se clasifican el mercado de valores?

Mercado Primario: la característica es que van a ser vendidos, negociados por primera vez. La inscripción se tiene que hacer en el registro público bursátil.

Mercado Secundario: Aquellos en que el valor compro en mercado primario, que se lo compró al emisor y quiere vender, por el motivo que sea. Ese título lo va a vender por segunda vez. Por cuarta vez, trigésima vez, décima vez. La ley no pone un límite. El tope o el límite lo pone es el mismo mercado. El día en que un título ay no encuentre ningún valor.

Mercado internacional o extranjero: Este no está en la ley, permite que emisores de valores de otros países del mundo vengan y vendan sus títulos. Requisito: someterse a su normativa jurídica salvadoreño, segunda condición es que en su país de origen. Este emisor de valores debe de estar al menos reconocidos por su ente regulador. El marcado de valores trabaja de la mano para la lucha contra el lavado de dineros. Puede también que su marco regulatorio sea demasiado débil- el mercado extranjero son todos aquellos que vienen a. El Salvador.

Mercado de Reporto: se entiende como un mercado de liquidez y se relaciona con el mercado secundario. Estos mercados son cuando la CCB a una solicitud inmediata sale de forma inesperada, o dependienta a vender unos títulos valores porque el inversionista tiene una necesidad de dinero emergente. Se llama de reporto porque pueden pasar dos situaciones: se puede trabajar con pacto de retroventa (Porque hoy necesito entre dinero a las 5 de la tarde). Y el otro…,

El mercado de reporto no es primero porque no le urge colocar todo el dinero hoy.

Inversionistas

Regla el inversionista que invierte que deje de pasar el tiempo que corresponde, Hay que olvidarse de ese dinero para que genere la ganancia.

¿Cuáles son los tipos de inversionistas?

  • Conservador: si tiene un excedente de dinero. El quiere invertir, el anda buscando que su dinero le regrese de forma segura. Este se proyecta primero a invertir en títulos de bajo riesgo. Este anda buscando en invierte en títulos de menor riesgo. En títulos a corto plazo. Este no invierte en títulos de emisiones de emisores extranjeros. Invierte un mayor porcentaje en valores de deuda a corto plazo. El inversionista conservador es raro que invierta en acciones, porque la rentabilidad de una empresa cambia año con año. No invierten en instrumentos de variabilidad. Invierte a corto plazo porque reciben los beneficios casi inmediatos. Invierte en Títulos de Menor Riesgo, invierte en emisoras de valores que sean nacionales, porque si el día de mañana el emisor de valores le queda mal, hay algún incumplimiento de pago o incumplimiento, el inversionista lo puede demandar en sus tribunales judiciales. Corto plazo de 0 días hasta 5 años. El inversionista conservador generalmente invierte en títulos de renta Fija. Invertirá que en el proyecto de emisión de valores se establezca que sea de categoría A, eso significa que emisor de valores no cae, es nula. 99.99 % que no caerá en impago.
  • Medio conservador: construye una cartera de títulos. Invierte en diferentes clases de títulos y emisores, pero sigue manteniendo una característica en común con la característica conservadora, la característica es que sigue invirtiendo de deuda en valores de deuda a corto y mediano plazo. Mediano plazo llega hasta 10 años como máximo. Construye una inversión y mantiene su dinero en el tiempo. Invierte en títulos de renta fija, pero ya al corto y mediano plazo, invierte en diferentes títulos. Puede invertir en las letras del tesoro, certificados de inversión, fondos de inversión, construye a futuro una cartera de inversión porque lo que quiere es mantener su dinero en el tiempo.
  • Inversionista agresivo: conoce perfectamente cómo funcionan los mercados de valores, se llama agresivo porque su meta es invertir fuertes cantidades de dinero para ganar cantidades din dinero con un juego del corto, mediano a largo plazo, tiene invertido su dieron en toda clase de títulos. El es el que le llama a la CCB. Se vuelve un agente de jugada con la CCB. Inversionistas experimentados, conocen de índices bursátiles, conocen cómo está el mercado de valores internacionales. Son inversiones de millones de dólares.

Toda CCB debe de tener su grupo de inversionistas conservadores, medios conservadores y su grupo de inversionistas agresivos.

APFN: otras profesiones que no son entidades financieras pero por su giro manejan mucho dinero. EJ.: bolsa de productos y servicios de El Salvador.

NPR-22 está prevención de lavado de dinero le existe a las CCB a las empresas les pida además de lo que la normativa bursátil pide, además de lo que la ley de lavados pide otros requisitos. En tema de prevención de lavado.

¿Cuáles son los dos grandes grupos de títulos?

Títulos de renta fija

Se llamaba así porque al estructural los certificados de inversión le dice cuáles son las características de la emisión de valores. Dentro de las características de la emisión de valores viene los temas importantes, y cada emisión de valores debe de tener como mínimo 32 características. Las principales características son: le tiene que decir como cuando, y donde le va a devolver el capital invertido. Le tiene que pagar un rendimiento, y ese rendimiento y como se los a pagar y como lo va a calcular. Se llaman de renta fija porque como el emisor al estructura una emisión e valores le dice todas las características que para darse a entender mejor son las reglas del juego, es todo lo que el emisor le va a ofrecer al inversionista, y como va a cumplir ese ofrecimiento, los plazos en que cumplirá. Esas características de la emisión de valores están fijadas en un documento muy importante que se llama: Prospecto de Emisión de Valores. Es donde se materializa la oferta pública de una emisión de valores. Es el documento autorizado por la superintendencia del sistema financiero que contiene todas y cada una de las características de una emisión de valores. Una vez al SSF autoriza esas características así como están autorizadas así mismo tienen que ser ofertadas al público.

La excepción en que si puede cambiar, que en ese mismo prospecto de emisión de valores en sus características conste clara y expresamente que esa emisión de valores podrá ser modificada. Si la emisión los dice, que puede haber una modificación posterior a la aprobación original efectuada por la SSF, el emisor tiene que hacer la petición al SSF.

Títulos de renta fija son: aquellas emisiones de valores en donde el emisor contrae una obligación de pago para con el inversionista.

  • Conocidos como los títulos o instrumentos de deuda.
  • Conocidos también como títulos o instrumentos representativos de obligación.

Títulos de renta variable

Títulos conocidos como títulos representativos de patrimonio. Conocidos como acciones. Son de renta variable porque las acciones lo que pagan es una utilidad, al final de un ejercicio contable.

Hoja de Liquidación: se da en el momento de la liquidación, de la operación bursátil, se da en el momento de operación bursátil. Al cierre del negocio bursátil. Cuando las partes se ponen de acuerdo. Cuando ya se ponen de acuerdo se hace la liquidación de la operación bursátil a través del sistema electrónico de la Bolsa de Valores. Esto contiene datos importantes, es un título ejecutivo. Por el lado del emisor tiene: denominación y razón social, idénticas quien es; nombre de la casa corredora de bolsa que represento; y nombre del agente corredor de bolsa que es el que participó en esa rueda de negociación. En el lado del inversionista todas sus informaciones. Establecidas las características de la emisión aparece la condición e pago de esa negociación.

Cuando se dice que se pagará al contado se entiende que es 3 días hábiles.

Esa orden a la CEDEVAL consta en la hoja de liquidación. Al final del día tendrá su cuenta electrónica donde estarán todos los valores en su nombre, y al final del día le podrá pedir al CEDEVAL para que haga constar cuales títulos tiene.

La hoja de liquidación se emite dos originales, una es para el emisor y el inversionista.

El Reglamento de la Bolsa de Valores establece que la hoja de liquidación la tiene que certificar la Bolsa de Valores. Hay que presentar también la certificación de la hoja de liquidación. Los dos documentos juntos tienen fuerza ejecutiva, y forman plena prueba.

 A través del prospecto de emisión de valores se sabe si hay algún tipo de caución para poder hacerla valer por si el emisor no cumplió con sus obligaciones.

Se demanda directamente al emisor, el inversionista demanda al emisor, porque ya la contienda es entre ellos, la CCV intervino hasta la liquidación.

Títulos es sinónimos de valores y sinónimo de instrumentos.

La NDMC-01 Normas Técnicas para el Proceso y registro de las Órdenes de Compra y Venta de Valores de las Casas Corredores de Bolsa.

En el anexo 2, ahí están las tres definiciones y aquí se establece que se tienen que tener perfilados a sus clientes.

¿Quiénes participan en el Mercado de Valores?

  1.  
  2.  
  3. Agentes corredores.
  4. Casas de corredores de bolsa.
  5. Bolsa de valores
  6. Clasificadores de riesgo
  7. Sociedades especializadas en el depósito y custodia de valores
  8. Agentes especializados en la valuación de valores
  9. Gestoras de fondos de inversión
  10. Titularizadoras
  11. Entes reguladores del mercado
  12. Auditores externos.

Para constituir una sociedad mercantil el notario debe de verificar es que los futuros accionistas cumplan con todos los requisitos para que pueda otorgar la escritura pública de constitución de una sociedad.

Adicionalmente todos estos entes para operar en el mercado de valores de El Salvador necesitan también autorización de la SSF.

Se debe de tener dos autorizaciones: para constituirse legalmente como sociedad, y la segunda autorización que hay que solicitar es para operar.

Aunque este inscrita no puede operar porque necesita autorización de la SSF para poder ofertar.

Emisores de valores: emiten valores a diferentes plazos y tasas, para refinanciar deudas y proyectos de inversión, deben de inscribirse en el registro público bursátil que lleva hoy la SSF y en la bolsa de valores. Art. 6 A) Ley de mercado de Valores y 5 b) Ley de la superintendencia del sistema financiero.

Se denomina así a toda que coloca valores en el mercado bursátil.

Pueden ser:

Personas jurídicas: Cualquiera que sea su finalidad.

  • Sociedad de personas
    • Sociedades en nombre colectivo. Art. 73 CCom
    • Sociedades en comandita simple. Art. 93 CCom
    • Sociedades de responsabilidad limitada. Art. 101 CCom.
  • Sociedades de capitales
    • Sociedades de capital fijo. Art. 191 CCom.
    • Sociedades de capital variable. 306 CCom.
    • Sociedades en comandita por acciones. Art. 296 CCom.

Instituciones financieras, bancos compañías de seguros, BCR, BANDESAL.

Intermediarios financieros no bancarios: sociedades de ahorro y crédito, Bancos Cooperativos.

Otros: municipalidades, FSV sociedades extranjeras y Estados extranjeros.

Mercado de valores de El Salvador

Mercado primario

Cuando la emisión de valores será colocada por el inversionista por primera vez.

En mercado primario, significa si son por primera vez, significa que por primera vez negociará y lo colocará por primera vez. Es en cuanto a la emisión de valores, colocada y negociada por primera vez. Es cuando la emisión será por primera vez, mercado primario no es cuando el emisor emite títulos por primera vez. No nos referimos al sujeto, sino al objeto de la emisión.

Mercado secundario

Es cuando los títulos se van a negociar por segundo o más veces. Los emisores ya es el oferente del Título. Es conocido como mercado de reventa. Hay un límite, tope, o el máximo para revender.

La liquidez en los títulos no significa que el TV que se está vendiendo, ofertando vale mucho dinero, la liquidez significa el número de veces que ese título puede seguirse negociando. El día que un TV ya no sea atractivo, ese día el TV ha perdido validez, ya no es cotizable.

Mercado de reportó

Cuando los inversionistas salen a reportar, es porque tienen necesidades económicas y en ese momento particular sus otras fuentes de fondeo no están disponibles. Los reporteros no es una figura que la recomiendan los agentes corredores de bolsa. El que sale a reportar generalmente pierde. Sino sabe administrar el reporto, o los números de reporto toque tiene al final puede perder todo el capital que tiene invertido. Macados de Reporto solo se hacen en Mercado Secundario.

Mercado internacional

En nuestro Mercado de Valores tenemos una opción de Compras de Títulos Extranjeros.

La primera autorización, la Superintendencia lo autoriza como emisores de valores, y al segunda es su emisión de valores, Art. 10 Ley del Mercado de Valores, para poder se necesita una Casa Corredora de Bolsa en El Salvador.

Los contratos entre las casas corredores de bolsa y los inversionistas extranjeros son bien fuertes. La negociación de esos contratos es bien fuerte. La CCB le pide que brinde una fianza. El monto de la finanza que pone es el mismo monto de la emisión de valores. Porque se juega su autorización, por su prestigio, la fama, su trabajo.

En la Ley del Mercado de Valores no establece ninguna prohibición de quienes pueden emitir valores.

Primero: Emisores de valores

Los emisores de valores pueden ser personas físicas públicas o privadas.

BCIE, BANDESAL, FONAVIPO, si pueden ser emisor de valores.

Los emisores pueden ser personas jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Cualquier Sociedad de capital fijo o variable,

Las instituciones financieras son los principales emisores de valores, a diferencia de la Bolsa de Valores.

Los emisores de Valores autorizados al día de hoy están en la página web de la Superintendencia del Sistema Financiero.

Todos los Emisores de Valores son supervisados por la SSF.

Segundo: inversionistas

Cualquier persona Natural o jurídicas que tenga un excedente de dinero. El inversionista solo invierte su dinero, financia o capitaliza a un emisor se le llama excedente de dinero, de lo que el excede de lo que necesita para subsistir.

Los inversionistas no son supervisados por la SSF.

Normas técnicas para la autorización de las órdenes de compra y venta giradas por los inversionistas. Estas normas técnicas regulan la operatividad de las Casas Corredoras de Bolsa. Se cumple con la Ley de Lavados y Dinero de Activos que tiene mis que conocer al inversionista a través de un inversionista. Ese cuestionario que formulan la CCB genera un puntaje. Ese total del puntaje genera tres perfiles:

  • Inversionista conservador.
  • Inversionista medio conservador.
  • Inversionista agresivo.

¿Cuáles son los tres perfiles de los inversionistas?

Inversionista conservador

Generalmente invierte en Títulos de Menor Riesgo, su riesgo es tipo A. categoría A es Categoría de Menor Riesgo. La posibilidad de que no le paguen el capital o los intereses es nulo.

Están en su mejor momento, en todo.

Invierte en títulos de corto plazo. Desde 1 mes hasta 3 años. Ellos analizan y visualiza que al corto tiempo le estará retornando su capital. Las empresas no quiebran de la noche a la mañana.

Generalmente invierte en un solo emisor.

Inversionista medio conservador

Hace una proyección de su dinero en el Tiempo.

Se agrave a invertir a corto y mediano plazo. Siempre anda buscando tipo de menor riesgo pero en títulos de corto a mediano plazo.

El ya invierte en distintos títulos y distintos emisores. El crea su portafolio de inversión.

Inversionista agresivo

Ya conoce a la perfección el funcionamiento del Mercado de Labores. Sabe leer índices bursátiles. Puede invertir en títulos representativos de patrimonio, e invierte en títulos representativos de deuda. Invierte en títulos nacionales e internacionales. Es un inversionista experimentado.

La casa corredora de bolsa como es intermediaria el pisto pasa en sus manos como papa caliente. Ellos llevan doble contabilidad, la de ellos como personas jurídicas y contabiliza para evitar el lavado de dinero y activos.

Se firma un Contrato de Comisión cuando ya se perfila el inversionista. El contrato se llama Contrato de Comisión, no es un contrato de prestación de servicios. En esos contratos la casa corredora de bolsa deja detallado todo el servicio que el material bursátil le brindará a los inversionistas, incluyendo cláusulas penales. El cobro se hace efectivo hasta que de una. Orden de compra.

Orden de Negociación Por el lado del inversionista es orden de negociación de compra. Y por el otro lado es el Orden de Negociación de venta.

El perfil del inversionista, el contrato de comisión, y la orden de negociación de compra y venta son los tres factores en los cuales trabajan las casas corredoras de bolsa.

A la Casa Corredora de Bolsa le sirve generar los perfiles para dos cosas:

  • Generar qué tipo de inversiones le importa hacer a la casa corredora de bolsa. Cuando ya lo perfila ya sabe que valores le va a ofrecer al inversionista.
  • Que la inversión que hará está de acuerdo a sus necesidades.

Tercero: casas corredoras de bolsa (agentes corredores de bolsa)

Comprende la restructuración de la emisión de valores, autorizar de parte de la SSF d ella emisión de valores, comprende la oferta pública de valores, la negociación o colocación de valores y por último la liquidación de valores.

La autorización comprende el registro en el registro público bursátil.

Son los intermediarios: Su función es Única y exclusivamente la intermediación.

A estas entidades se constituyen única y exclusivamente para brindar servicios de intermediación de valores y todas las activadas relacionadas con la intermediación de valores. Estas entidades desde que nacen se pueden dedicar solo a su negocio. Necesitan de una autorización especial para la casa corredora de bolsa constituirse legalmente y para operar, y el agente corredor de bolsa solo para operar.

Para que se otorgue la escritura pública de constitución, se necesita la autorización de la SSF. Igual para abrir al público y brindar servicios necesita la autorización de la SSF.

La asesoría bursátil es muy importante.

La ley LMV le dejó abierta la apuesta a las CCB que pueden brindar otros servicios complementarios a la intermediación bursátil. Hoy en día un nuevo servicio complementario

Gestoras de fondo de inversión, son sociedades que se dedican a administrar los fondos de inversión. Es un nuevo producto bursátil que tenemos. La gestora lo haga, pero la ley lo dejo abierto a que lo realicen los comercializadoras de fondo de inversiones.

Las casas corredoras de bolsa es buscar potenciales inversionistas que tengan excedente de dinero pagará adquirir títulos o cualquier otro producto bursátil y emisores de títulos que quieran venderlos a los inversionistas. Ya sean nacionales o extranjeros.

El agente corredor de bolsa es quien representa a la CCB, él es el que se encarga de hacer la intermediación. La CCB junto con el agente corredor de bolsa tiene responsabilidad solidaria. De las actuaciones que tenga la casa corredora de bolsa responde el agente corredor de bolsa. Hay una responsabilidad lidiad solidaria. Se cuidan mucho porque es un riesgo para ellos.

El agente corredor de bolsa tiene que ser uno empleado de la CCB. Tiene que estar contratado bajo un Contrato Individual de trabajo y la segunda característica y cuna vez contratado, la CCB le otorga un poder especial con facultades específicas para actuar.

La casa corredora de bolsa estructura la emisión de valores, ofertar, negociar y colocarlos los valores los títulos que se les conoce como intermediación de valores. Es el trabajo único de la bolsa de valores.

Actualmente hay 10 CCB. Nuestro mercado de valores es pequeño desde 1992. La primera bolsa de valores se constituyó en 1960. La bolsa solo duro dos años.

Como los fondos de inversión y la administración de cartera son similar para no confundir a los inversionistas, saquemos del mercado a los a las administraciones de cartera.

Cuarto: Bolsa de valores de el salvador

Regulada en el artículo 21 de la Ley del Mercado de Valores: herramientas para que se puedan llevar. A cabo los negocios de la bolsa. Están las sesiones de negociación. Todo agente corredor de bolsa que lo representa a un cliente inversionista o cliente emisor, van a la Bolsa de Valores. Ahora las sesiones son de forma electrónica. Otorgó usuarios y claves y el sistema electrónico de negociación permitió instalarlo en las PC de las casas corredoras de bolsa. Los Agentes Corredores de bolsa solo pueden ingresar la información de la compra de títulos y venta de sus clientes. Todos los días cuando inicia la sesión de negociación ha y un funcionario designado de la Bolsa de Valores que esta medio en el sistema y pasa monitoreando la sesión de negociación: se le llama Director del Corro. Es el garante que todos los componentes que conforman la sesión de negociación se den con los procedimientos emitidos por la Bolsa de Valores.

La bolsa es un sujeto más que interviene, pero es un ente regulador, pero con limitantes (Es la otra cara de la Bolsa). La tiene limitada, referente de todo el proceso, finalización revisión referente de todo. Lo que tiene que ver con la cuestión bursátil.

Segunda restricción la casa corredora de bolsa

Tercera: referente a los agentes corredores de bolsa.

Cuarta: referente a los inversionistas de valores.

La Ley del Mercado de Valores tiene bondades pero también es bien severa. Voy a dar normas jurídicas específicas, tiene que cuidarla porque no cualquier puede tener una CCB. Si infringe las disposiciones legales, le pueden apertura procesos sancionatorios y también puede apertura la SSF, de pronto la bolsa sanciona porque no ha presentado los informes, y la SSF puede aplicar le el mismo proceso sancionatorio.

La bolsa tiene facultades de fiscalización, revisión.

Pero no tiene facultades en la CEDEVAL.

Sociedades clasificadoras de riesgos

Su papel es evaluar, analizar, estudiar, de forma independiente los riesgos en el mercado de valores. Ellas evalúan, analizan, estudian de forma independiente los riesgos en el mercado de valores, referente de los emisores de valores y de las emisiones. El manejo de riesgos en el mercado de Valores se hace a través de una clasificación o categorización de riesgos.

Referente de los emisores de valores (persona jurídica que emite el titulo) y referente de las emisiones de valores (Estamos hablando de los valores). Lo que mitre una clasificación de Riesgo es al cumplimiento o el incumplimiento del pago. O de las obligaciones contraídas por la emisión de valores para con usted inversionista.

Categoría de riesgo

  • AAA
  • AA: me pagará en tiempo, el capital, la rentabilidad juegan dos factores. La industria a la que se dedica la empresa y la situación personal de la presa.
  • A
  • BBB
  • BB
  • B
  • C
  • P
  • E: significa que el emisor no ha dado información. Y como no ha dado información la Sociedades Clasificadoras de Riesgo no pueden decir nada.

Las clasificaciones se hacen de forma trimestral.

Quinto: CEDEVAL

Son Sociedades especializadas que se dedican a la custodia de valores.

Un paso antes de que se haga la oferta pública de valores el emisor le entrega a la CEDEVAL los Títulos.

La CCV le solicita autorización a la SSF para que autorice la emisión de valores.

La SSF autoriza y le ordena al registrador del Registro Público de Valores que la inscriba. Estos dos actos van seguidos porque la inscripción le está garantizando al mercado de valores que esa emisión de valores fue estructurada con forme a todos los queriéndonos de ley.

Fue estructurada con base a la ley

El ente regulador del mercando de valores lo reviso.

El ente regulador del mercado de valores lo autorizó.

Después de estar inscrito se le notifica a la bolsa de Valores de El Salvador. La SSF autorizo y ya le solicitados que la inscriba en sus registros. Cuando se le notifica a la bolsa ella también se inscribe la emisión de valores en su registro de emisiones (es un registro aparte el de la BVES). La Bolsa tiene facultades para que si en este momento decirle que lo arregle.

Después se le notifica a la BVES a la CEDEVAL, le notifica que esa emisión de valores ya fue autorizada. Por la SSF y fue amortizada por la BVES. Ya fue inscrita en el registro público bursátil y en el registro que lleva a la BVES.

Le notifica para que cree la anotación electrónica. Es decir, la emisión, y crea una cuenta del emisor (un código una enumeración). Y cada emisión tiene una subcuenta.

Desde que el notifican el crea las cuentas y crea las cuentas de cada una de las de valores.

La emisión ya viene estructurada. La CEDEVAL es la garante y responsable que tantos valores electrónicos ella crea las cuentas, las administra y viene una tercer parte ella las liquida la CEDEVAL no es autónoma. La bolsa le ordena a. la CEDEVAL. La descarga de la cuenta del emisor y se los trasladará al inversionista. Electrónicamente ya tiene su cuenta en la CEDEVAL que están contabilizados todos los valores que ha adquirido en el tiempo.

Ese proceso liquidación: entrega de títulos manifestada a través del traslado de. La envió ese las cuentas el traslado del dinero ya la cuenta de los emisores tiene que quedar liquidada esa.

CCB, BVES y CEDEVAL trabajan con cuentas operativas. Es decir que tienen una autorización de la SSF de tener abiertas cuentas bancarias en todas los bancos de El Salvador. Se llaman operativas porque no son cuentas ahorros o cuenta de depósito en torno tanto la casa BVES o de Real pueden a su arbitrio están sacando dinero. Son operativas porque son restrictivas. La usan única y exclusivamente para hacer el negocio de la Bolsa.

El mismo día la CCB está obligada a hacer la transferencia en la BVES.

Si quiere sacar dinero tiene una alerta en esas cuentas operativas que esas cuentas so pegatinas no tienen autorizado el retiro de dinero en efectivo. La única forma de retirar dinero es que la SSF lo autorice.

Negociación bursátil: estar invirtiendo.

Estos tres llevan dos contabilidades distintas: por los negocios de bolsa que hacen y su contabilidad por ser una empresa mercantil.

Los únicos valores son las acciones de las empresas. Pero el 99 % de toda la carterade valores que es en nuestra bolsa son electrónicos.

CEDEVAL también liquida. Mediante ordenes giradas por la Bolsa. La Bolsa le da la última autorización u orden final para que lo haga.

Gestoras de fondos de inversión

Le la da la creación. La Ley del Fondo de Inversiones: finalidad de administrar y comercializar cuotas de participación de fondos de inversión. Un fondo de inversión es un fondo que está conformado por personas físicas que se llaman participes. Es el equivalente al inversionista, y se le denominó participe. La cantidad mínima para aportar es de 500 dólares. La gestora de fondo de inversión recoge cada uno de los dineros. La ley le denomino al pisto participaciones. Cuando recoge el dinero se crea un fondo, los fondos pueden tener nombres.

Fondo de inversión abierto es el que permite que. Entre y salgan participes en cualquier momento. Durante toda la vida este RN entrando y saliendo participes. Se llama abierto porque durante la vida del fondo de inversión también permite que este entrando y saliendo participaciones. Y permite que se estén rescatando participaciones. La entrad ay salida de dinero se llama rescates.

Las gestoras su trabajo es buscar participe que den aportaciones que den participaciones de cualquier cantidad de dinero y crea un fondo abierto.

Fondo cerrado es lo contrario del abierto. No permite que entren participes. Busca otro tipo de inversiones. Si entra con esa idea de salirse entonces mejores entrar a un fondo abierto. En el fondo de inversión cerrado son inversionistas agresivos. Durante el tiempo no se pueden salir.

La gestora se encarga de crearlo, buscar a los partícipes, a los inversionistas que la ley le llama participes, recoge de ellos y reúne de ellos las participaciones, es decir el aporte en dinero, constituye un fondo de inversión abierto y un fondo de inversión cerrado con características. Ella es la encargada por ley de administrarlos. La comercialización puede ser delegada en comercializadores y la CCB pueden ser comercializadores.

Lo que no puede delegar es una gestora es la administración. En algún momento un partícipe puede cuestionar al Gestora. Hay mucho marco regulatorio que le permite a la gestora hacer una administración transparente del fondo.

En el marzo 2016 se autorizó la SSF el inicio de operaciones de la gestora de fondos de inversión. El producto bursátil fondo de inversión vino a matar a la administración de carteras. La administración de carteras era un 90 % similar al fondo de inversión. En el fondo de inversión quien entra a participar es el fondo. Por eso el fondo tiene un nombre. En la administración de carteras era igual, cada uno daba dinero, se conformaba una administración y esa cartera tenía un nombre, pero los titulares de inversión eran cada uno de los inversionistas.

La clave para calcular la rentabilidad es el valor cuota.

Sexto: agentes especializados en la valuación de valores

En febrero de 2018 la SSF autorizó a los primeros agentes.

¿Cómo funciona el mercado de valores?

Inversionista representado por una CCB.

El Emisor es representado por una CCB.

A la CCB le entregan la orden de negociación de compra y. le transfiere el dinero. Si la CCB. No tiene la orden de negociación de compra no puede hacer nada. Al cuando entrega la orden de negociación de compra le transfiere el dinero. A través del sistema de electrónicos negociación de valores ingresa la orden de compras: informa a la BVES x títulos en particular. Y. transfiere el dinero a la BVES.

Después la BVES le informa a al CEDEVAL que tiene una orden de compra que ya verifico el inversionista y documento todo lo que tenía que tenía que firmar. CEDEVAL te aviso de esto para enviarte el dinero. Y una vez contabilizados te doy la orden para que haga la transferencia de Rutilio a favor del inversionista.

La CEDEVAL y le dice a la Casa corredora de bolsa del inversionista, le notifica que hizo ya la transferencia de títulos. Tiene registrada una cuenta y en esa cuenta tiene acreditados los avaladores que adquirió en esa operación. La CCB le comunica al inversionista. Que se hizo la liquidación de los valores. La CEDEVAL emite una constancia de titularidad. Y la CCB se lo entrega a la inversionista.

El emisor de valores le dice a la casa corredora de bolsa de venta Títulos. Quiere que esta emisión se la venda. Le da la orden de negociación de venta. Y la CCB ingresa al sistema electrónico de ventas de la bolsa de valores SENEVAL, y le comunica al BBV y le dice que tiene un emisor de valores que ya le dio la orden. De negociación de venta de los títulos y lo ingresa en el Sistema Electrónico de Negociación (SEN) y por parte del emisor ya tiene todo los documentos suscritos y firmados completos. CEDEVAL. Hay un emisor de valores que ya dio su orden de negociación de ventas. Ya hizo la colocación de los títulos y ya los vendió y a través del sistema electrónico de negociación de valores suya se generó la orden de liquidación por lo tanto yo BVES le aviso a CEDEVAL le da la orden para que haga la transferencia de los títulos. La CEDEVAL confirma con la Bolsa y el y el dinero ya lo tiene autorizados en su cuenta bancaria. A CEDEVAL procede. Descargar ost iluso que se acaban de vender para acreditarse los inversionistas y verifica que la bolsa ya le hizo la transferencia electrónica. La CEDEVAL le notifica al a CCB del emisor que el dinero ya lo tiene, el inversionista ya lo pago. Si CEDEVAL se lo entrega el emisor o se lo puede pasar de por conducto de la CCB.

Esta la SSF regulando. Ella verifica todo el mecanismo.

Audita todos: CCB. SENEVAL. BVES. La SSF es garante de todo el proceso. De todos los sujetos que ingenien toda la que se formula todos los controles electrónicos físicos.

Antes de la colocación antes que ingrese al SENEVAL ahí, cuando se están ofreciendo los títulos la Sociedad Calificadoras de riesgo entrega las categorías de riesgo. Para que antes de que ingresen al sistema el inversionista c ororsza de los riesgos que tiene. Es para efectos que el inversionista tome la decisión.

Cuando es fondos de inversión no es inversionista sino FI. Y es el mismo proceso. Es el equivalente al inversionista.

Los valores o títulos se les llaman instrumento o instrumentos

  1. Renta fija: Representativos o constitutivos de obligaciones.
  2. Renta variable: representativos de patrimonio.

Renta Fija

Cuando el emisor de valores at revés de la CCB solicita autorización a la SSF de esa emisión de valores esa emisión está compuesta por características, seas características son las condiciones del juego. Hay características: qué tipo de rendimiento le voy a pagar, que tipo de interés voy a pagar, como va. Calcular el interés, como va a pagar el interés, cuando va a pagar el interés, si ese interés tiene transferencia (tasa Libor más ochenta días) da la referencia para establecer el interés, la forma de cálculo la forma de pago, la periodicidad del pago. Ya la esté fijando en las características de las misiones como va a pagar, como va a calcular, que tipo de pago de emprendimiento. Así también fija las características de la emisión cuando la va a devolver. Fija el plazo del retorno del capital, ya el emisor de valores le condiciona le establece le fija en las características de la emisión todo lo que conlleva al afirma de pago de los intereses del rendimiento de la utilidad y del capital. La prohibidas e que esas características cambien solo se puede dar en base a dos excepciones: 1. Que en las mismas características de la emisión el emisor hay establecido que esa misión admite modificaciones, esta modificación no tiene sola o arbitrio del decisión del emisión. La SSF tiene que aprobar las modificaciones tiene que beneficiar a el mercado de valores puede tener la cláusula de modificación pero tiene que ser aprobadas por la SSF.

Cuando se coloca una emisión de valores ya las condiciones del rendimiento ya quedaron serias y condicionadas. Y autorizadas por la SSF.

Este inversionista no puede oponerse al a modificación autorizada por la SSF.

Se llaman representativos o constitutivos de obligaciones porque el emisor de valores le dice a usted, le ofrece y el pago es el interés o un rendimiento. El emisor que adquiere ante el inversionista adquiere obligaciones. Tiene que cumplir con las características principalmente las que tienen que ver con el pago de la utilidad, del rendimiento, y el retorno de su capital. El emisor adquiere una obligación de pago frente al inversionista.

En los títulos representativos de obligaciones siempre la bonificación es un pago de interés.

El inversionista le presta el dinero al emisor lo capitaliza y el emisor trabaja con proyecciones financieras para recuperar ese pisto. Y después devolvérselos.

Hay una característica que no se puede modificar: La redención de intereses. Si el emisor es el banco, los bancos lo tienen expresamente prohibido. Eso significa que la característica de la emisión de valores, yo le pagaré el 5 % fijo de interés sobre el monto invertido. Y se lo pagara de forma mensual. Se le pide la emisión de valores que adelante el pago de los intereses que genera la inversión de él. Existe la redención anticipada de capital. Si el banco es emisor de valores los bancos por ley redimir anticipadamente intereses y capital cualquier que sea la denominación que encubra la redención de intereses y de capital, abajo cualquier seta prohibido.

Generalmente el emisor no anda estableciendo modificaciones.

Ejemplos el MV de El Salvador:

  • Letras del tesoro (LETES): estos son título de Deuda Pública, porque quien adquiere la deuda es el Estado de El Salvador. Son emitidos por el Estado de El Salvador a través del Ministerio de Hacienda. Cuando escuchen título de deuda privada o pública: los públicos son emitidos por un estado soberano, y privada son un privado no es un estado. El plazo de estos títulos puede fluctuar al entre 1 día y 365 días. Son títulos emitidos al corto plazo. La fiabilidad de estos títulos es financiar el presupuesto general de la nación. Poder financiar el presupuesto general de la nación. Pero es para emergencia no como su fuente principal de ingresos. Los LETES su función es para financiar el Presupuesto General de la Nación.
  • Bonos del BCR de El Salvador: Son Títulos de Deuda pública. Los emite el BCR a mediano plazo para poder tener un flujo de dinero. Nuestro BCR funciona como una cámara de compensación. Los intereses que paga son generalmente semestrales.
  • Certificados de inversión: Son valores de deuda privada. Por excelencia son los valores que están emitiendo las empresas. Se pueden emitir al corto y mediano plazo. En el prospecto le dice que la tasa nominal es 4 % pero si a los tres meses esas tasas. De ajusta también le hará el ajuste del pago.
  • Papel bursátil.
  • Euro bonos: son de largo plazo y son emitidos por Estados soberanos. Esa denominación se la dio el mercado internacional a. Esos valores se le conocen como eurobonos para que la inversionista distinta que son Internacional y no se confundan con nuestros bonos. (Art. 10 Ley del Mercado de Valores). Durante ese año la SSF audita. A la CCB que ella cumpla con todos los requisitos de ley que se le solicita don al inicio cuando autorizaron a la República de Guatemala como emisor. Los requisitos no los puede desmejorar los tiene que MARN éter.

Renta variable

La utilidad que va a pagar está sujeto a variabilidad. La variabilidad viene amarrada a la naturaleza propia del título. Por excelencia son las acciones de las empresas. o aquellos títulos que representan un patrimonio. (No todos los años tienen la misma utilidad). La renta aquí entendida como la utilidad o rendimiento varía de acuerdo a la naturaleza del título. Al final siempre ganan pero ganan de diferente manera. El premio varía por la naturaleza del Título. Estos representan un patrimonio, por eso se llaman representativos de patrimonio.

Ejemplos de renta variable

  • Acciones nominales:
  • Acciones de Tesorería:
  • Los Fondos de Inversión (FI) constituidos.

La oferta pública de valores es cuando las CCB es cuando invitan al público a que conozcan la diversidad de títulos que hace en set momento e inviertan. Esa es la oferta pública o publica y hay otra que es privada que invitan a un sector cerrado de inversionistas pero la invitación la dirigen a nombre propio. Se convierte privada en que va dirigida con nombre y apellido a un inversionista en particular. Público privado cuando se le dirigen con nombre y apellido

La SSF entra a supervisar este mercado.

Art. 1 LMV

RL: Art. 7 LSRSF (Supervisados).

Art. 2 LMV

RL: Normas Técnicas para Precisar si una Oferta de Valores es Pública; Art. 100 Lit. A), 101, 3 Inc. 2 (Excepción) LMV

  1. La SSF autoriza la emisión de valores y ordena la inscripción en el Registro Público Bursátil (RPB).
  2. RPB asiento o inscribe la emisión.
  3. BVES registra la emisión.
  4. CEDEVAL que esa emisión de valores que ya fue autorizada por la SSF fue inscrita en el registro público bursátil, la tenga en Custodia y esa administración. Esto abre la Oferta Pública Bursátil.
  5. Oferta Pública Bursátil. Es la invitación que hace la casa CCB olas a través de su agente corredor de bolsa de todo el mundo inversionista de todos los valores disponibles en el mercado bursátil. No puede haber oferta pública como tal si no tenemos como orden de venda. La finalidad es porque yo los quiero convencer a que inviertan.

Una empresa mercantil con la matrícula de comercio suspendida. De comprobarse que capto los fondos del público se le d orden. A la FGR para que esta solicite a un juez de lo mercantil para que comience la liquidación de la CCB.

El agente corredor de bolsa la SSF le puede cancelar la autorización como Agente Corredor de Bolsa, nunca más en su vida, podrá ejercer una intermediación de valores. Nuestro actual superintendente siempre lo está haciendo pena perpetua.

Tres sanciones: multas, sanciones, cancelaciones. Al final del día una sanción económica no es lo peor. La suspensión es temporal. La cancelación es la sanción más grave que puede ser impuesta por la SSF. Las CCB si no tienen la autorización de la SSF, asentada en el RPB, y registrada en la BVES y la custodia y administración de la CEDEVAL, hasta que tengan todo lo hacen.

¿Que se necesita previamente para que se haga la oferta pública de valores?

No se puede iniciar casa corredora de bolsa a ofertarle una emisión de valores si antes le misión no la tiene en custodia y and administración la CEDEVAL.

  • La oferta pública de valores nace con el RPB.
  • Nombre del Emisor.
  • Denominación de la emisión.
  • Monto de la emisión.
  • Monto de inversión mínimo.
  • Tasa de interés.
  • Plazo de emisión.
  • Plazo de colocación.
  • Clase de valor.
  • CCB estructuradora.
  • CCB colocadora.

¿Como determino si se cumple la Oferta Pública de Valores?

Todo el medio de comunicación tiene que dar como mínimo los requisitos antes mencionados. Cualquiera que sea el medio de comunicación tienen que tener como mínimo, es una oferta de valor.

Las OPV que se hacen en los diarios de circulación nacional al, adquiere el carácter de OPV porque ponen todos los requisitos.

La OPV lo hacen a través de sus casas corredoras de bolsa. Son los emisores a través de las CCB.

¿Quiénes son los que pueden hacer oferta. Pública de valores?

Número 1

Los emisores a través de las casas corredoras de bolsa (CCB). Nosotros jamás vamos a recibir una invitación directa del emisor, sino las CCB en nombre de los emisores de valores.

La CCB, el ACB (agente corredor de bolsa), el EV (emisor de valores) y la emisión de valores, ellos 4 tienen que estar inscritos en el RPB.

Nuestro mercado de valores es bien temeroso. Son cumplidores, son apegados a la normativa, es muy extraño que una CCB se ponga rebelde y diga que no cumpla con el marco regulatorio. En el sitio web de la SSF está el acceso directo del Registro Público bursátil (RPB). El punto importante el mismo RPB establece si están activos o inactivos. Si están inactivos no necesariamente da explicación.

El RPB nos dice si el agente corredor de bolsa está activo o están inactivos.

Normas técnicas para precisar si una oferta de valores es pública

Número 2

Una empresa una sociedad de capiteles cuando efectúa un aumento de capital, ellos están obligados a hacer una convocatoria t o dos su sanción sigas en lo que les explican cuáles son las desventajas de suscribir o no el aumento de capital. (Art. 157 CCOM), la finalidad es proteger los intereses de los accionistas minoritarios. Se celebre un aumento de capital hay que hacer la convocatoria t o dos los accionistas. Indicando cuales son las ventajas y cuáles serían las desventajas de suscribir o no suscribir ese aumento de capital.

Quiere hacer aumento de capital vía mercado de valores, el art. 157 no es oferta pública, no confundirlo con un requisito propio de materia mercantil.

Número 3

RL: Ley de Protección al Consumidor.

Si el emisor de valores se compromete si va a adquirir una obligación, concederá algo en las características de le emisión, ahí dirá el SÍ. De manera CLARA Y LEGIBLE las características de la emisión dicen SÍ O NO.

Número 4

Se le notifica a la BVES que esa oferta pública de valores tiene un error y ya está en trámite su arreglo. Se le avisa el mecanismo, y lleva más tiempo de lo previsto, y se les avisa a los inversionistas. Si la CCB no arregla el error, por negligencia, capricho, estos no pueden alegar el no me percate, no me fije, no sabía. La Superintendencia de Comunicaciones, investigan si hay error, y la SSF subsana el error, pero sanciona con el 4 % a la CCB.

Número 5

RL: Art. 4 LMV.

Un banco puede ser emisor de valores en el mercado de valores, pero por el simple hecho de ser banco, que por sí ya está sumamente regulada por la ley de bancos y por el mercado bancario, la normativa bursátil, le dice hay requisitos que se pueden duplicar, pero tiene que cumplir sus normas bancarios, solo en los que se repiten pueden presentar sólo una vez el requisito. Solamente en los requisitos que se repiten.

Art. 3 LMV

Regla general, pasos:

Primero: la SSF autoriza la emisión de valores y ordena el registro de la emisión. Art. 9 LMV.

Segundo: el RPB inscribe o asienta la emisión.

Tercero: BVES registra la emisión.

Cuarto: CEDEVAL tiene en depósito y custodia la emisión.

Quinto: Oferta Pública de Valores (OPV)

El Ministerio de Hacienda (MH) y el Banco Central de Reserva (BCR) tienen pasos con excepciones. Pero aun con las excepciones la SSF siempre los inscribe.

La BVES siempre le notifica a SSF. Lo inscribe en cumplimiento del Art. 1, porque la presente ley regulará a los emisores de valores etc. con la finalidad de garantizar los intereses del público inversionista por eso es que lo hace.

Esta es la excepción del Estado de El Salvador, a través del BCRSV, el BCR acuerda emitirlo de un solo, y se va de un solo al a bolsa de valores. La bolsa le notifica al CEDEVAL.

Legalmente una casa de cambio puede representar a l Estado de El Salvador.

Estos dos tramites se pueden hacer en menos de una semana.

El trámite normal puede llevar de 9 meses a 1 año. Dispone mucho de la de la disponibilidad del emisor.

Banco Central de Reserva (BCR)

La Junta directiva lo acuerda, y se emite certificado del acuerdo. Certificación del acuerdo en donde se establecen las características. Posteriormente la BVES lo remite a. CEDEVAL.

Ministerio de Hacienda (MH)

La AL emite un decreto Legislativo, contiene tanto la autorización para que emita títulos y el decreto contiene las características de la emisión. La BVES se lo pasa a la CEDEVAL, y la BVES ingresa la orden de venta en el sistema electrónico de negociación y lo hace vía MH.

Los valores que emite BCR y el MH se publican en el DO. Se publica ahí porque como son valores estatales en las características de la emisión debe de dejársele claro al inversionista si esas emisiones estatales le cobran algún tipo de impuesto al inversionista por la ganancia. Si paga impuesto se establece si es por porcentaje o si es un porcentaje sobre tal cuestión o es neta, o si es impuesto municipal pagará sobre a la tabla establecida de la municipalidad correspondiente. La alcaldía de SS lo domina muy bien.

BCR y MH no tienen que acudir a la autorización de la SSF.

Bancos ya tienen su propia normativa bancaria, tienen su ley especial y normas técnicas prudenciales y especiales que le aplican.

Si un banco tiene que emitir valores Como banco le aplican las mismas normas, por ser banco se le aplica. Su normativa bancaria, pero dentro que entre de la normativa de emisión de valores, se le aplica toda la normativa bursátil, normativa del BCR en materia bursátil, pero como va a ver ciertos requisitos que se van a duplicar, (Ej.: Estados financieros auditamos al 30 de junio de cada año presentarlos). El hecho de que sea banco no quiere decir que los nuevos valores no los va a inscribir.

Inc. 3

RL: Art. 6 LB.

El cuatro en el inc. final

El Art. 6 LB le obliga que se tiene que inscribir como emisión de valores, para emitir títulos no por el hecho que ya está inscrito como emisor, los títulos ya no los va inscribir, cada emisión de valores que como banco emite tiene que inscribirla en el RPB que lleva la SSF y la BVES.

Art. 5 LMV

Definiciones

Art. 6 LMV

Dentro del Registro Público está el Registro Público Bursátil (RPB). Lo administra la SSF. Solo hay un Registro Público bursátil (RPB).

  • Accionistas (10 % o más del Capital Social) desde el momento en que cualquier ente del MV se inscriba en el RPB, emisor, casa, bolsa, CEDEVAL, etc. También entran que inscribirse sus accionistas. Consecuencia es porque se maneja un riesgo del Mercado de valores. Ahora supervisa en base a riesgo.
  • Administradores

Consultar, garantizar, publicidad. Sentimos la seguridad es que tienen la última información legal actualizada. Da la certeza esta empresa que de hace 10 años no cambia la Junta Directiva. Da certeza que en los últimos 10 años, al menos otra JD no hay. O da la certeza que el Enero de 2018 acaban de nombrar a la nueva JD. Nos da certeza, confianza, publicidad, nos brinda información, nos garantiza frente a terceros.

El RPB es esa frente al mercado de valores nacional o extranjeros.

Si están inscritos en el RPB significa que pasaron la autorización del regulador, SSF, y eso significa que cumple con todos los requisitos. De ley. El RPB nos establece quienes están activos y quienes están inactivos. Si esta inactivo es porque no está funcionando.

Art. 78 LSRSF
Art. 14 LMV

RL: Art. 78 Lit. C) LSRSF

De. Todos los del Art. 6 hay un registro de administradores, es decir JD. El alcance es que también hay que registrarlos. Si hay un incumplimiento de ley pueden ser sancionados por la SSF.

Art. 7 LMV

Cuando se le presenta la información a la SSF se le presenta en físico, pero también la tiene que acompañar en formato electrónico.

Art. 8 LMV

Delimita dos de las sanciones más fuertes que la SSF puede poner de oficio o por denuncia.

La SSF puede suspender o cancelar, cualquiera de los asientos regístrales de todo el Art. 6.

Suspende: a los administradores de una CCB, CEDEVAL, gestora, titularizadoras, clasificadora de riesgos, puede suspender a una gente corredor de bolsa CCB, BVES.

Y puede cancelar o quintar la autorización cualquiera de os asuntos registrales del Art. 6.

A los accionistas puede sancionarlo no puede ser accionista de otro.

La suspensión es temporal y no puede ex Eder de 4 meses, la cancelación lleva implícita de la persona o sociedad jurídica.

La suspensión cuando pasa el incumplimiento acarrea la habilitación. No opera ipso facto, tiene que ir al a SSF que ya paso el tiempo y que se subsanó el tiempo, y la SSF para habitarlo le vuelve a pasar los requisitos como que si fuera a nacer nuevamente.

Bolsa de valores también puede suspender y cancelar, únicamente a los emisores de valores, emisiones, casas de corredora de. Bolsas ya o Agente corredores de bolsa. La BVES le notifica a la SSF. La bolsa solo lo pueden hacer únicamente en los antes mencionados.

La SSF y la BVES tienen que abrir su propio proceso sancionatorio.

Resolución del primer parcial

Clara y legible, significaba para que no diera pasos un error o confusión al inversionista a oferta pública debe de cumplir con esa característica. Sino es claro y legible la SSF llama la atención y la SSF lo arreglas de oficio pero le abre un proceso sancionatorio.

Efectos de estar inscrito: abre la puerta a hacer oferta pública de valores. Los emisores por lo general no son entidades financieras no están acostumbrados a cumplir con tantos requisitos. Habilitación para participar en el mercado de valores. Los administradores son los miembros de la Junta Directiva.

[1] Nuestra legislación lo único que permite es la intermediación. Hay una responsabilidad solidaria entre la casa de corredores de bolsa y el Agente corredor de bolsa.

[2] Se diferencian en que una de ellas se ha acreditado ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos de América.