Derecho Bancario - Parte 3

Índice

 

Tercer periodo

Composición del sistema de supervisión y regulación financiera de El Salvador

El Sistema de Supervisión y Regulación Financiera Salvadoreño está constituido por:

  • Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).
  • Banco Central de Reserva (BCR).

La supervisión de los Integrantes del Sistema Financiera y demás supervisados es responsabilidad de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).

La aprobación del Marco Normativo Macro Prudencial para la adecuada aplicación de la LSRSF[1], le corresponde al Banco Central de Reserva de El Salvador (BCR).

(Art. 1 Composición del Sistema – LSRSF)

Art. 3 de la superintendencia LSRSF

Toda la SSF vigila, controla, y fiscaliza.

Art. 4 facultades de la superintendencia LSRSF

Corresponde a los manuales, a las normas técnicas. Se hacen de conformidad a este Art. De conformidad a este Art. Se crean las normas técnicas.

Controla también al BCR, también.

Art. 5 LSRSF

Mercado de Valores, porque la ley de la Superintendencia de Valores fue derogada. Esto correspondía a la Superintendencia de Valores.

Art. 6 LSRSF

Contiene la Ley de la superintendencia de pensiones.

Art. 7 supervisados LSRSF

Contiene los integrantes del Sistema Financiero.

Art. 7 Lit. A) supervisa pero solo a lo relativo en el literal L. Tiene estrecha relación solamente con esa parte, porque el BCR tiene su propia ley Orgánica (Ley Orgánica del Banco Central de Reserva).

Corresponde a todos los supervisados y supervisadas.

El Banco Multisectorial de Inversiones se llama ahora el Banco de Desarrollo de El Salvador.

       Art. 7 Lit. S)

RL: Ley de Bolsa de Productos y Servicios.

Art. 8 conformación de la superintendencia - LSRSF

Es la forma de cómo se compone.

¿Quién tiene la representación legal de la SSF?

De conformidad al Art. 18 la tiene el Superintendente. Ya se dijo que es una entidad de carácter público. Tiene su representante legal.

Los integrantes del Sistema financiero Salvadoreño son los comprendidos en el Art. 7 LSRSF.

¿Quiénes son los Integrantes del sistema financiero de El Salvador?

  •  
  • Todos los Bancos del Sistema que incluye privados y públicos.
  • Las administradoras de Fondo de Pensiones.
  • La Bolsa de Valores.
  • Las Sociedades de Garantía Recíproca.
  • Los bancos Cooperativos.
  •  
  •  
  •  
  •  
  •  
  •  
  • Bolsa de Productos
  •  
Art. 22 LSRSF

Antes había tres superintendentes, entonces quedo ahora solo 1 superintendente. Por supuesto también hay superintendentes adjuntos.

1 al que controla los bancos.

2entidades estatales.

3 pensión

4 al que controla al mercado de valores.

Art. 24 delegación de competencia - LSRSF

Es la figura de los delegados. Las facultades de imponer sanciones solo le corresponden al Superintendente no a los adjuntos. Aparece que no podrá delegarse las facultades que ya han sido delegadas.

El objetivo de la Supervisión Financiera consiste en vigilar la solvencia de los integrantes del Sistema Financiero para procurar su estabilidad y la protección de los usuarios, mediante el cumplimiento de las normas correspondientes. Con la regulación financiera se persigue la creación de una normativa prudencial y contable para regular la actividad del mercado financiero, siguiendo las pautas establecidas en la Ley Secundaria.

Infracciones y sanciones

Art. 43 LSRSF

Sanciones

  •  
  • Amonestación escrita.
  •  
  • Cancelación.
  • Suspensión.

Todas estas son las sanciones.

RL: Art. 188 y 207 LB.

Art. 44 LSRSF

       Art. 44 Lit. A)

Se refiere a las del Art. 7 LSRSF. Son los supervisados del Art. 7.

Todo el dinero recolectado para en la central de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Hacienda.

Art. 46 LSRSF

Los supervisados del Art. 7.

Art. 47 LSRSF

Todavía va la multa pecuniaria y todavía le pueden anular el acto.

Directa o indirectamente, porque presta servicios, de lo contrario monopoliza los servicios del Banco.

Art. 49 LSRSF

Hasta los auditores se van en la colita.

El Salario Mínimo Sector Comercio es $300.00.

Toda infracción conlleva a una sanción.

Aspectos a considerar para la gravedad del daño

Art. 50 LSRSF

Los afectados son los que tienen dinero depositado en el Banco. El daño es grande.

Art. 53 LSRSF

La Junta General de Accionistas es el Órgano superior de administración. Lo puede hacer de conocimiento de la SSF aplicándole la sanción.

Hay una fiscalización, supervisión, evaluar, regular. Le ve lo último.

Normas de referencia del Comité de Basilea

Entra en esta parte porque es la supervisión y regulación que hace la SSF. Esta SSF recoge estas normas.

La principal fuente d recomendación sobre supervisión y regulación prudencial bancaria son las Normas o Principios del Comité de Basilea.

Comité de Basilea, (Suiza)

Este Comité tuvo su origen en 1974, a raíz de la crisis financiera por el cierre del Bankhaus Herstatt (Colonia, Alemania), debido a las perdidas por operaciones en moneda extranjera. El corresponsal del Bankhaus Herstatt en EE.UU., el Chase Manhattan Bank de NY se negó a cumplir las órdenes de pág. y cheques contra la cuenta del banco alemán, lo adeudado fue de $620 millones aproxima.

Ante tal situación, la comunidad internacional reaccionó de inmediato y se tomaron las medidas necesarias para evitar la caída del sistema financiero internacional. Para entonces, el G-10 a través de los gobernadores de sus Bancos Centrales, respaldó la liquidez del Sistema de pago internacional y acordó crear un comité de supervisores para desarrollar los principios de una adecuada supervisión y regulación bancaria internacional, creándose así el Comité de Basilea (Suiza).

Este comité de Supervisión Bancaria de Basilea no constituye una autoridad supranacional en materia de supervisión bancaria, sus conclusiones y recomendaciones no contienen fuerza legal o coercibilidad. Aunque su incorporación en las legislaciones internas del G-10 (Bélgica, Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Países Bajos, Suecia Reino Unido, EUA y posteriormente Suiza que se sumó en 1984) ha generado gran influencia en la comunidad internacional, de tal manera que hoy en día, la mayoría de los países ha introducido en su legislación interna las recomendaciones de dicho organismo.

Debido a otras Crisis financieras posteriores, como la del Banco Ambrosiano (Italia) en 1982, así como la suspensión de pagos de la deuda externa de México en el mismo año, y la crisis asiática en 1998, fue necesario revisar el sistema de supervisión para prevenir futuras crisis financieras.

Para 1997, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea había emitido los “Principios Básicos para una Supervisión bancaria Efectiva” como. Un modelo estándar de supervisión internacional que sirviera de referencia a las entidades encargadas de supervisar y fiscalizar la actividad bancaria.

La mayoría de las disposiciones legales del mundo la recogen, de los más desarrollados.

Sobre la aplicación de los Principios antes Mencionados, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea emitió en octubre de 1999, la “Metodología de los Principios Básicos”, que sirve como documento de referencia para los supervisores, y contiene criterios de medición y evaluación de la implementación de los principios. Para tal efecto, se emitieron 25 principios básicos como una supervisión bancaria efectiva, relativos a condiciones previas (Poseer independencia operativa, contar con recursos adecuados, así como leyes apropiadas); autorizaciones y estructura; regulaciones prudenciales y requerimientos; métodos de supervisión bancaria progresiva; requisitos de información; poderes formales de los supervisores; bancos extrafronterizos.

Si el supervisor no puede sancionar a nadie, el supervisor este pintado. Por eso se dice que ahora tiene más dientes, porque antes no tenía.

Basilea II

En Junio de 2004 el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea emitió en Nuevo Acuerdo de Capital, denominado Basilea II, el cual se compone de 3 pilares:

  1. Requerimientos mínimos de capital.
  2. Examen por el supervisor de la suficiencia de capital.
  3. Disciplina de mercado y divulgación pública. Al tener un orden, una gestión de control, por supuesto para los Bancos y para el supervisor resulta más fácil.

Y en cuanto a los riesgos establecidos por Basilea II, se encuentran el riesgo Crediticio[2]/Operativo[3] y el Riesgo Legal[4].

Estos no son excluyentes, se complementan.

Basilea III

EL 16 de diciembre de 2010 se publicaron los Acuerdos de Basilea III (Basilea III) que se refiere a un conjunto de propuestas de reforma de la regulación Bancaria, que entraron en ejecución a partir del 31 de diciembre de 2010.

Basilea III es parte de una serie de iniciativas promovidas por el Foro de Estabilidad Financiera (FSB), y el G-20 para fortalecer el Sistema Financiero tras la crisis de las hipotecas subprime (Hipotecas basura), que se originó en 2008 en EE.UU.

Crisis del 2009 se le otorgo préstamos a personas que no podían pagarla.

A diferencia de Basilea I y Basilea II, los cuales están enfocados principalmente en el nivel de reservas que los bancos deben mantener para pérdidas bancarias, Basilea III se enfoca principalmente en el riesgo de “Bank Run” (Pánico Bancario), exigiendo diferentes niveles de capital para las distintas modalidades de depósitos bancarios y otros prestamos, debido a que en un momento dado, las instituciones pueden carácter de las reservas suficientes para hacer frente a una crisis de liquidez. Basilea III complementa las directrices de Basilea I y Basilea II.

Actualmente la SSF mantiene como Documento de Referencia, las normas emitidas por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea III relativo a la convergencia internacional de medidas y normas de capital cuyo ámbito de aplicación contiene los

Procedimiento sancionador y recursos para los bancos

Son todos los supervisados del Art. 7 de la ley de Supervisión y regulación del Sistema Financiero.

Art. 54 LSRSF

Principios

Ya indica los principios a utilizar.

El principio de legalidad, proporcionalidad, responsabilidad y proporcionalidad.

Principio de tipicidad: Las sanciones deben de estar tipificadas. Todo tiene que estar tipificado en la ley.

In Dubio Pro Administrado: En caso de duda lo más duda favorable al administrado.

Principio de Igualdad.

Principio del Informalismo. Utilizar el menor formalismo.

Etapas del Procedimiento Sancionador:

Se dirige a los integrantes del Sistema financiero y a los responsables administrativos.

Son 5 etapas.

Art. 55 LSRSF

A estos se les llaman delegados, el superintendente es el representante legal de la SSF que esta condensado en la misma ley.

Inicio del procedimiento

Art. 56 LSRSF

Se inicia:

  • Por Denuncia
    • de Oficio.

Denuncia del ciudadano, pero también puede ser denuncia hecha por las instituciones del Estado.

Es una “o” disyuntiva no copulativa.

El superintendente verá si es cierto.

La ley establece un plazo de 5 días para poderlo iniciar. Son días hábiles. Todos los días en el procedimiento Sancionador son días hábiles.

En el campo penal, procesos penales, son días corridos, a diferencia de este procedimiento que son días hábiles.

Investigación previa

Art. 57 LSRSF

El súper intendente o el delgado pueden hacerlo.

Art. 58 LSRSF

Dicta una resolución razonada.

Corresponde a la resolución de inicio del procedimiento sancionador. La resolución tiene que estar completamente razonada, de lo contrario el proceso se cae.

Siguiente Etapa: Segunda Etapa: Emplazamiento

Del emplazamiento y de las Notificaciones

Art. 59 LSRSF

RL: Art. 170 y Sig. CPCM

Esas reglas son en defecto del Art. 59. Si tenemos las reglas aquí para las notificaciones este es el que tenemos que aplicar. Aquellas, del CPCM solo son en defecto de estás.

Estos terceros son aquellas personas que tienen interés en el proceso que la decisión puede afectarles. Se les conoce como: Terceros excluyente.

At. 60 LSRSF

El termino de prueba es: 10 días.

El termino para contestar es: 10 días (Art. 58 Inc. 1). (Lo mismo para el termino de prueba es de 10 días).

Entran todo el medio probatorio que contempla el CPCM. Toda la parte del Capítulo que corresponde a los medios de prueba (Art. 331 y Sig.).

Instrumentos Públicos:

  1. Públicos.
  2.  

La clasificación de los Instrumentos auténticos era del Código de Procedimientos Civiles.

De la resolución final

Art. 61 LSRSF

Parte del hecho que puede existir:

 no hay condena (Sobreseimiento) o

 una condena.

Art. 62 LSRSF

Si interpone el recurso no hay condena.

Si se allano, y hay condena, ira a la colecturía central del Ministerio de Hacienda.

Recurso de Consideración

Art. 63 LSRSF

Procede en los que no impongan sanciones. Le da carácter de optativo.

Agotar vía administrativa: para poder irnos a un proceso contencioso administrativo.

Recurso de rectificación

Art. 64 LSRSF

Hay una imposición de Sanción.

En el recurso de Consideración no impone sanción. Tendrá un carácter optativo.

Recurso de apelación

Comité de Apelaciones

Art. 65 LSRSF

Este Comité no estaba regulado en la de antes. Surgió como algo nuevo en esta ley.

Ya aparece el comité esto no estaba en la ley anterior, y quisieron plasmarlo de esta forma, conformado por 5 personas, 1 presidente y 4 vocales. Al menos 1 de los 5 tiene que ser abogado.

Apelación

Art. 66 LSRSF

No suspende la ejecución del acto (inc. final). La ley ha querido hacerla de esa forma, porque si no se impone una sanción puede recurrir de esa forma.

Los delegados corresponden al Art. 24 LSRSF.

Art. 67 LSRSF

Habla de la compulsa de documentos en sede administrativa. La compulsa es todo tipo de pruebas.

Compulsa: cotejo que se hace de un documento con otro. La compulsa aplica esta regla.

En el CPCM no aparece como Compulsa, se utiliza aunque no lo dice expresamente. En esta ley si aparece como compulsa.

Art. 68 LSRSF

De las resoluciones que dicta el Comité ya no hay recurso alguno es cuándo procede irse inmediatamente a la Sala de lo Contencioso Administrativo. De conformidad a la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Estado de Firmeza es que adquiere calidad de juzgada, y adquirirlo firmeza porque no se fue a la Sala de lo Contencioso ADMINISTRATIVO.

Prescripción

Art. 69 LSRSF

La prescripción en materia bancaria es de 5 años, pero la LSRSF quiso darle 10 años, porque la prescripción en materia bancaria es de 10 años. La prescripción puede verse interrumpida, vuelve a contarle un nuevo plazo. Le corren de nuevo otros 10 años.

Nulidad

  1.  
  2.  

Derechos y deberes del supuesto infractor

Art. 70 LSRSF

Los derechos constitucionales de Defensa y de Audiencia.

Tiene que ser vencido y oído en juicio.

Causales de nulidad

Art. 71 LSRSF

La parte inicial habla de la Nulidad Absoluta. Puede ser declarada de oficio.

La parte final habla de la Nulidad relativa.

La ley establece que le hubiera generado la indefensión, si llego, pero le causo indefensión porque no llego a presentar las pruebas se declara nulo.

Art. 72 LSRSF

Se refiere a las decisiones motivadas.

Aquí repite todo tipo de pruebas.

Le aplica la regla de la Sana Crítica.

Este procedimiento vino a suplir la necesidad de prevenir cualquier atropello de los beneficiados.

La ley de Bancos también tiene infracciones.

De la intervención administrativa y la liquidación

Art. 73 LSRSF

Intervención Administración relacionada con la Ley de Bancos Cooperativos y sociedades de ahorro y crédito (Ley de bancos Cooperativas).

RL: Art. 75 Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito (LBCSAC)

Art. 75 LSRSF

El Consejo podrá acordar la intervención administrativa de casas corredoras de Bolsa, etc.

Art. 77 LSRSF

La SSF no asume las entidades de las entidades intervenidas. Ahí mismo dice en cuales caso, porque no procede en todos.

Art. 99 LSRSF

Se refiere al Comité de Normas.

Ahí, el Comité de Normas, el BCR es el que emite el Marco Prudencial normativo

Figura del Comité de Normas interviene el BCR y la SSF son las que le dan los insumos al BCR para emitir estas normas.

Art. 100 LSRSF

Las Normas Técnicas que emitan este Comité de Normas de obligatorio cumplimiento.

Art. 107 y 108 LSRSF

La ley del procedimiento para la imposición del arresto está excluida, esa no se aplica.

Operaciones y servicios financiero
Art. 51 tipos de operaciones LB

Ley de Integración Monetaria utilizamos el dólar estadounidense.

       Art. 51 Lit. A)

Es una Operación pasiva.

RL: Art. 1184 – 1886 CCom.

Art. 51 Lit. B)

Es una Operación Pasiva.

RL: Art. 1201 y 1228 CCom.

       Art. 51 Lit. C)

Es una Operación Pasiva. RL: Art. 1203 CCom.

       Art. 51 Lit. D)

Es una operación pasiva.

RL: Art. 1274 CCom.

       Art. 51 Lit. E)

Es una operación Pasiva.

RL: Art. 1252 CCom

       Art. 51 Art. 51 Lit. F)

Es una operación pasiva.

       Art. 51 Lit. G)

Es una operación pasiva.

RL: Art. 52, 56 Lit. M)

       Art. 51 Lit. H)

La letra de cambio es una figura típica cambiaría que es de DME-2.

Es una operación neutra porque no capta fondos sino ofrece un servicio.

RL: Art. 738 CCom.

       Art. 51 Lit. I)

RL: Art. 1119 CCom (Contrato de Descuento).

       Art. 52 Lit. J)

Es una operación neutra.

Art. 51 Lit. K)

Es una operación nuestra. Capta fondos para administrarlas para un tercero.

RL: Art. 1233 CCom; Art. 67, 68 69 LB.

Art. 51 Lit. L)

RL: Art. 60 Inc. 2.

Art. 51 Lit. M)

Los bancos compras monedas centroamericanas. Existe una compraventa de monedas.

Art. 51 Lit. N)

RL: Art. 1178 y Sig. CCom.

       Art. 51 Lit. O)

Una contingencia es un hecho que puede suceder o no. Es algo que puede suceder o no suceder.

La fianza tiene ciertas reservas. Si el deudor o el cliente no cumplía hasta entonces paga el banco, de lo contrario el banco no paga.

RL: Art. 1539 y Sig. CCom.

       Art. 51 Lit. P) y Q)

RL: Art. 1264 CCom.

Son servicios de carácter general que brinda del banco a terceros.

Art. 51 Lit. R)

RL: Art. 1267 y Art. 1269 CCom (Contratos de Caja de Seguridad).

Art. 51 Lit. T)

Es una operación activa.

RL: Art. 1205, 1142 (Préstamo Mercantil: préstamo de consumo es decir un mutuo) CCom.

Art. 51 Lit. U)

Es una operación activa.

Hace una operación activa, porque coloca fondos.

Todos los contratos donde coloca fondos son Operaciones Activas.

Art. 51 Lit. V)

Es una compraventa de carteras. Es decir es otra de las figuras tipificadas la que se conoce como Factoring. Es la compra de carteras de créditos.

RL: Art. 209 Lit. D), 218 y 219 LB; Art. 1119 CCom.

Art. 51 Lit. W)

En caso de que surjan nuevas modalidades de conformidad al comercio nacional o internacional, entonces pueden solicitar al BCR.

Operaciones activas

Art. 59 – Criterios para otorgamiento del financiamiento y tipos de plazos

Contiene todos los criterios cuando se trate de una operación activa para los bancos. Tiene que estar sustentado. NO hay crédito si no hay capacidad de pago.

Debe de tener solvencia tributaria. Especialmente si su crédito lleva garantía hipotecaria imposible.

La materia prima de los bancos es el dinero.

El refinanciamiento cuando se tiene una deuda precedente, se negocia con el banco una nueva forma de pago, a través de un nuevo préstamo, un refinanciamiento puede ser con otro banco. Le puede dar la misma cantidad de dinero o un poco más de capital fresco.

El Banco Multisectorial de inversiones ahora es BANDESAL.

RL: Art. 1105-1183 CCom; Art. 120-A, 118 Código Tributario (Exige la exigencia tributaria para los deudores).

El mismo Art. Establece un criterio de los tipos de plazos que utiliza los bancos del sistema.

Art. 60 – de los sistemas de pagos y las transacciones electrónicas

Art. 60 Inc. 3

La compensación de cheques. Conocido también como la cámara de compensación que existe en el Banco Central. Esa cámara de compensación que tiene estrecha relación con la figura típica del cheque. Aquí contempla la cámara de compensación que tiene el BCR de El Salvador.

Art. 60 Inc. Final.

RL: Art. 60, 51 Lit. L) LB.

Art. 61 – sistema de información LB

RL: Art. 235 LB.

RL: Ley de Regulación de los Servicios de Información sobre el Historial de Crédito de las Personas.

Se pudiera regular que las personas que ya no estén en una situación de impago ya no estuvieran en una categoría E. Por eso nace esta ley.

Art. 1 – Objeto LRSIHCP

La presente Ley tiene por objeto garantizar el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen en el tema de la confiabilidad, la veracidad, la actualización y el buen manejo de los datos de consumidores o clientes, relativos a su historial de crédito, incorporados o susceptibles de ser incorporados a una agencia de información de datos administrada por una persona jurídica, debidamente autorizada conforme a la presente Ley.

Asimismo, tiene por objeto regular la actividad de las personas jurídicas públicas o privadas, que tengan autorización para operar como agencias de información de datos y a los agentes económicos que mantengan o manejen datos sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes.

Ej.: DICOM, INFORED, INFOFAX.

RL: Art. 4 (Principios generales)

Tiene derecho a que le de acceso a la información

Al principio tiene acceso al derecho a la información. Puede solicitar que le modifiquen que le eliminen la calificación a la que lo sometieron cuando ya desapareció.

Art. 17 LRSIHCP

Para actualizarlo debe tener la información.

       Lit. J)

La misma ley lo dice que no lo va a permanecer por más de 3 años.

Porque antes había base de datos que estaban en inglés. Su base de datos debe de permanecer en el país.

Los bancos pueden ser calificados también.

Fitch ratones nos calificó como CCC a El Salvador.

Relaciones entre las operaciones activas y pasivas

Art. 62 - relaciones de fuentes y usos LB

No es posible captar fondos del público y que los tenga en certificado de depósitos a plazo por

Coloca X dinero, pero necesita tenerlo en fondos en operaciones al menos un 25 % del dinero. Porque ha prestado.

Tiene que tener disponible. Hay una relación entre plazos y usos. También de los intereses.

Era el margen de intermediación. Hay una relación de lo capta y coloca. Ese diferencial entre le préstamo y el depósito hay un por ciento de ganancia para le banco. Presto a 8 y doy al 4 %.

Art. 63 política y sistemas de control interno LB

Llevan todos los bancos del Sistema.

Los bancos tienen que minimizar sus riesgos. El que no controla no sabe lo que tiene. Primero tiene que ejercer un control para saber que tiene. Incluso el control de su casa. El banco necesita manejar sus controles internos para minimizar riesgos. Todos los bancos tengan un departamento de riesgo, en donde analizan que colocación de créditos se han hechos.

Las prácticas se refieren a las del buen gobierno corporativo. Controle todo eso. Si sus empleados están disciplinados y tienen que mantener en un marco ético profesional Bancario. Lo empleados bancarios hasta en la vestimenta de sandalias y cantaletas.

El banco le controla hasta el comportamiento. Porque necesita formalidad y seriedad.

Tasas activas

Art. 66 – tasas activas LB

Interés Nominal. Tasa efectiva. Interés por mora. Tasa de referencia única.

Aquí aparece condensado este Art. Estos tienen su cláusula de interés.

Art. 66 Inc. Penúltimo

También aparece que todo tiene que colocarse en letras de mayor tamaño y resaltado es sancionado por la SSF.

Es la aplicación práctica de este Art. Aparece todo lo que el Art. Menciona,

Tasa de referencia: Cualquier banco puede tenerla al 26, 25, 27, 28 %. A la fecha la tienen a 26 %.

  • Tasa de Interés Nominal: Depende del rubro del crédito que se conceda. Si es crédito de consumo, personal, empresa, para pequeñas empresas, es distinto no es el mismo tipo de interés. Y dependen del segmento al que se dirigen.
  • Interés por mora: si la persona cae en mora paga el 5 % calculados a partir de la mora, calculados sobre saldos no pagados, no sobre el capital original.
  • Tasa efectiva anualizada: Es la que se calcula los bancos dependiendo de todo lo que cobraron, la comisión, tramite y manejo del crédito, interés nominal, al final de todo lo que cobran, le quedará un interés de X.X% se suman el interés nominal y los porcentajes de servicios, comisión etc.

Instructivo para la elaboración de escritura pública de mutuo hipotecario, contiene 11 anexos:

  • Anexo 1: Contratación de Seguro de Vida o Daños.
  • Anexo 2: Contratación de Seguro de Daños.
  • Anexo 3: Cesión de Beneficios de Póliza de Seguro.
  • Anexo 4: Garantía: Hipoteca Abierta.
    • Anexo 4-A: Si se ha Modificado la Hipoteca Abierta.
  • Anexo 5: Prenda sobre Certificado de Depósito.
  • Anexo 6: Prenda sobre Acciones.
  • Anexo 7: Endoso de abono a prenda.
  • Anexo 8: Promesa de Constituir Prenda.
  • Anexo 9: Promesa de Constituir Hipoteca Abierta.
  • Anexo 10: Codeudores Solidarios.

La tasa de interés nominal es anual. En cambio los usureros prestan diario.

La tasa efectiva anualizada se tiene que ir resaltado en letras de mayor tamaño, porque es lo que se pagará en total.

En la Ley Contra la Usura dice que tendrá una tasa máxima.

Si no aparecen letras grandes lo sanciona la SSF.

No se puede cobrar interés sobre intereses: anatocismo. Es prohibido. La ley de bancos lo prohíbe.

Anatocismo: El anatocismo es la acción de cobrar intereses sobre los intereses de mora derivados del no pago de un préstamo, también conocido como capitalización de los intereses.

Puede tener tasas de interés ajustable pero del programa determinado.

RL: Art. 5, 6, 7 Ley Contra la Usura (LCU)

Art. 1 LCU

Se dirige al mercado, pero se le aplica en lo que corresponda a la Ley de Bancos.

Créditos de consumo para personas naturales. Quiere decir que si alguien gana 50K a esa persona le podrán prestar la cantidad que corresponda, no tienen un límite.

Crédito decreciente: Es un préstamo mercantil, es decir un mutuo o préstamo de consumo. Es lo mismo. (Art. 1142 CCom). Decreciente porque va disminuyendo mientras va pagando.

Son las empresas tarjeteras. Las tarjetas de crédito.

La letra de cambio no contiene cláusula de interés, solamente el tipo de interés legal mercantil, nada más, es lo único que puede contemplar la letra de cambio. El % mercantil anual es de 12 %.

En el número 3, Los créditos para viviendas, La ley habla solo de las personas naturales.

El crédito empresa tiene límites. Es un crédito corporativo, porque está dirigido.

Multidestino. Las microempresas son capitales pequeños, utilizan capital de hasta $5K. El capital de ellos empieza con poco. Es un segmento de alto riesgo.

Art. 6 – establecimiento de tasa máxima LCU

Juega con la tasa efectiva. Incorpora un registro de personas que prestan dinero. Estas personas son las personas que prestan dinero, no son bancos y no están incluidos en ninguna, pero ahora esta ley los rige.

Este Art. Tiene reformas de abril y junio, agosto 2016.

Art. 7 LCU

La ley repite que no puede tener una tasa efectiva mayor por segmento. Cada segmento tiene su propia tasa en la que se comunica con el BCR.

Apoya a la ley de bancos par la concesión de créditos para la tasa de interés.

Art. 1105 CCom

Estamos siempre en operaciones activas.

Apertura de crédito. Es la que comúnmente se conoce como línea de crédito. Línea de crédito es un contrato bancario de una operación activa. Aplica para bancos, pero para empresas mercantiles también. Aplica para bancos, y también aplica para cualquier empresa mercantil, si pueden.

Por el objeto puede ser de dinero o de firma.

La rotatividad está en el Art. 1111. Esto no es un mutuo.

Las características de este contrato bancario:

  1.  
  2.  
  3.  
  4. Ejecución sucesiva.
  5. Se perfecciona por el simple acuerdo de la voluntad de las partes.
Art. 1106 CCom

El acreditante es la institución Bancaria. El acreditado son los clientes, el usuario.

En el mutuo comprende el capital.

Art. 1107 CCom

Estas aperturas se pueden dar para la construcción de algo, los bancos nunca dejan vamos a averiguar al final de cuándo será la cantidad. Siempre determinan la cantidad.

Factoraje es lo que se hace al contrato de descuento (Art. 1119 CCom).

Art. 1108 CCom

Se la puede llevar total, o puede ir utilizándola por partes.

No le pueden calcular el dinero sino hasta que retiren el dinero.

El interés opera solo sobre el monto que se retiró.

Art. 1109 CCom

La comisión si se paga.

La ley se lo estipula.

Sobre lo que se retiró son los intereses. Contados a partir desde la fecha de retiro.

Simple o ratito.

Por el objeto son las: de dinero o de firma.

Art. 1112 CCom

Si acepta una letra y la paga a un plazo determinado, si yo llego a un banco es para que me presente y pueda pagar en un plazo determinado. Es una crítica y los bancos no lo utilizan.

Art. 1113 CCom

Certificación que emite que hace constar el saldo del crédito. En un momento dado se hace una apertura por 100k puede deber más de eso, tanto del capital pero con los intereses suma mucho más. Por eso es que se establece el Art. 1113 solo aplica para los bancos.

Los bancos lo que utilizan van con el documento en mano, con la línea de crédito y tiene que agregar necesariamente de conformidad con el art la certificación que tiene el Visto Bueno del gerente general.

RL: Art. 217 inc. Penúltimo LB.

Todo aparece en esa certificación. Se va lo de los seguros, interés, todo.

Este refuerza hasta el Art. 1113 CCom.

Solamente le ponen hasta.

De conformidad al arancel judicial de conformidad a los tribunales mercantiles.

Se lees agregan las primas de seguros también.

Art. 1115 CCom

Garantía real o personal.

Este contrato es un contrato principal. Si es un contrato principal puede llevar sus contratos accesorios. Ese contrato accesorio: puede ser de prenda, hipoteca esas son garantías reales. Siguen la suerte del contrato principal.

Para garantizar el valor deuda garantía.

En el procedimiento ejecutivo es una prueba preconstituida.

Aquí habla de la garantía.

La hipoteca mercantil es importante porque es contrato accesorio para todos los contratos bancarios.

Art. 1116 CCom

Esto casi no pasa. La mayoría llevan las mismas cláusulas.

Lleva el monto, destino, origen, cláusula del interés, clausula penal, interés por mora, condiciones generales, condiciones específicas.

Estas líneas llevan tres tipos de plazos.

Art. 1117 CCom

Directa o indirectamente. Habla de los tres meses.

No mejorar la garantía real o personal, le da derecho al banco darle por terminado el contrato de apertura a crédito.

Art. 1118 CCom

La denuncia antes expuesta en el Art. Anterior. Que no haya sido usado porque cabalmente a disposición de las aperturas de crédito pero nunca saco el dinero.

El deudor tiene que haber retirado para que le cobren. RL: Art. 1106. Las comisiones no exceden del 3 %.

La tasa efectiva anualizada tiene que decir a cuanto llega.

Plazos de una línea de crédito

Puede ser rotativo o simple. De firma o de dinero.

Línea de crédito de dinero:

 

 

 

 

 

 

Las líneas de crédito son para negocios. Esta figura de las líneas de crédito rotativas

La no rotativa es la simple, si es rotativa le da la opción de depositar el dinero. Este ejemplo es dinero.

El corazón central de una empresa es el centro financiero.

La línea revolverte es el crédito rotativo.

Enel caso de firma el banco se obliga de avalista, para decir muy bien a usted señor le van a prestar el banco de Miami, pero el Banco Azul le dice que tiene mala fama, y el banco le sirve de fiador.

Tienen que pactarlo.

Pueden estar en una misma escritura dos Contratos distintos es decir línea de crédito de dinero y de firma.

Estos contratos llevan sus garantías.

Hipoteca abierta

Art. 1551 CCom

Por ser bienes de difícil de ocultación.

La empresa es una cosa mercantil es un bien mueble. Es una cosa típicamente mercantil.

Esta hipoteca tiene su base en toda la hipoteca civil, en lo que ya estudiaron previamente.

Pueden hipotecarse:

    • Aéreas.
    • Marítimas.

Empresas mercantiles: se tiene que inscribir en el registro de comercio, cuando se hipoteca, cuando es avión además de registro de comercio tiene que ir a aeronáutica civil. Cuando se trata de las naves mercantes irán a la autoridad marítima portuaria.

RL: Art. 2152 CV

Art. 1552 CCom

RL: Art. 1556 CV

Necesariamente llevará el interventor contractual al hipotecarse. No va a disgregar la empresa.

Art. 1553 CCom

Allá estábamos hablando de las naves marítimas y aéreas. Ahora el código habla cuando se garantizan los derechos de los tenedores de títulos valores.

       Rom. III

En forma fraccionaria.

Tiene su regla especial. Esto queda como lo fraccionario. El CV dice que la hipoteca es indivisible. RL: Art. 2158 Cv.

La ley especial priva.

Art. 1554

Las disposiciones pueden aplicarse a las cerradas y abiertas, sí, una nave mercante y un avión, si puede.

Hipoteca Mercantil abierta.

Hipoteca abierta garantiza funciona como una sombría.

 

 
   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La hipoteca solo le cubre el monto máximo. Normalmente el plazo excede de 10 años hasta 15 años.

Si le dan el préstamo el último día si pueden porque establecen dentro del plazo, el banco queda garantizado. “mientras este vigente el plazo de constitución” Si llega después que se venció ya no aplica. La prórroga solo se da a partir del 17 de mayo.

Primero constituyen la hipoteca abierta y después las obligaciones.

La hipoteca abierta es escritura pública. Ahí tendrá que decirse que abarca todas las obligaciones.

Consolidación de deudas: Es cuando se toman pequeños préstamos y se hacen uno solo para tener una sola cuota. Si la capacidad de pago no le da no se es posible. Implica que tiene una capacidad de pago.

Art. 1554-A CCom

Este Art. Tiene reformas. Se declara el hecho que solo se pueda oponer la excepción de pago o error en la liquidación, ahora ya se pueden oponer todas las excepciones en contra del banco.

Aquí entra el juego los privilegios las preferencias de pago. Los demás esperan. Excepto, cuando hablamos de la prelación de pago, el pasivo laboral es preferente.

Contrato de Prenda mercantil.

Contrato de fianza mercantil

Descuentos

Art. 1119 Descuentos

Es un contrato que pueden realizar los bancos.

Contrato oneroso, conmutativa, bilateral efectivamente parte del os caracteres. Es un Contrato usado por sociedades mercantiles y por la bolsa de valores.

Los quedan están en la factura, y no son títulos valores, los quedan te los dan cuando has entregado un documento para que te lo paguen posteriormente.

Los quedan no son títulos valores.

Los cheques, letras de cambio pagare si son títulos valores.

RL: art. 51 LB. Ahí están la mayoría de las pasivas activas y neutras.

RL: Art. 51 Lit. I)

Régimen Especial de las Facturas Cambiarias y los Recibos de las Mismas (REFCRM)

Ley del régimen de la factura cambiaria. Esta elevada a la categoría de TV porque además del pagaré, letra de cambio, este contrato cabe aquí por esta ley. RL: Art. 1 Ley del Régimen de la Factura Cambiaría.

Art. 4 REFCRM

Expresa los requisitos que debe tener. Tiene que reunir los requisitos del Art. 4 de la ley del régimen de la factura cambiaria.

Art. 2 REFCRM

Es como que le cobren dos veces con la factura dos veces y con la letra de cambio, la Ley aclara ese punto en el Art. 2.

Art. 12 REFCRM

Dice que la factura cambiaria puede ser protestada por falta de aceptación o por falta de pago.

Art. 10 REFCRM

Recibo o queda no tiene valor cambiario alguno pero constituye prueba de la recepción d ellas facturas que se recibieron por parte del comprador o adquirente de los servicios.

Art. 1120

Los TV tiene que ser de crediticio, tienen que ser a la orden no al portador o nominativos. Lo utilizan la bolsa de valores.

El endoso es desde el punto de vista del Derecho cambiario, de los títulos valores es la forma típica de circulación de los TV por esa forma los hacen circular. El endoso lleva firma autógrafa por disposición legal.

Endoso:

  • Pleno en propiedad.
  • Procuración o al cobro. Es el endoso al cobro.
  • Endoso en garantía.

Si lo tiene en propiedad tiene todos los endosos.

Se utiliza en la bolsa de valores.

El factoraje es muy parecido que es la entrega en todos os títulos, le entrega y le dan dinero.

No hay que confundir el factoraje con el factoring (Compraventa en firma de cartera, se llama distinto y se llama disperso y los tratadistas lo llaman factoring, no es lo mismo que el factoraje).

Art. 1121 CCom

Las letras documentadas

RL: Art. 712 CCom letras documentadas. Documentos anexos contr apago o contra prestación.

Art. 1122

Habla de los créditos abiertos en títulos. Libros abiertos de los comerciantes.

Hay una variante, hay títulos valores y créditos abiertos de los comerciantes para hacer ese contrato de descuento.

Los libros abiertos de los comerciantes no lo utilizan los bancos. Los bancos y la bolsa de valores utilizan los TV a. La orden. Y que sean de contenido Crediticio.

Art. 1125 CCom

Es una modalidad de la apertura que ya se vio en el 105, al igual que le contrato de descuento que ya se estudió desde el Art. 1105.

Los bancos lo utilizan en las gerencias internacionales o en los departamentos internacionales. Lo usan para importación. El banco local le traslada. Todas las operaciones son bancarizadas.

Dos de aquí y dos de allá operan en esta relación.

Esta parte se habla de compraventa o negocios internacionales, si es créditos documentarlos o Cartas de créditos son operaciones internacionales. No tiene sentido para pagarle a alguien de aquí porque está pagando a alguien en el extranjero.

Se necesita confirmar que lo que se solicitada de acá es fidedigno. No cualquiera opera un telégrafo, o una clave mediante sistemas informáticos para engañar al banco extranjero. Razón por la cual para 1973 se organizó una sociedad belga la que controlaría la parte de las transacciones internacionales y todos los bancos tuvieran certeza de todo lo que iban a realizar.

SWIFT[5]: Sociedad para las Comunicaciones Interbancarias y Financieras Mundiales: con eso los bancos utilizan la parte de los términos cifrados cuando quieren hacer operaciones. Por sus siglas es la Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication

Todos los bancos lo utilizan y se creó a partir de 1973.

Los créditos documentarlos tenga relación con los usos y reglas uniformes de la cámara internacional de comercio que la encuentran como publicación 700. La publicación 700 reglas y usos uniformes relativos a créditos documentarlos. Que emite la cámara internacional de comercio y que la van a encontrar como publicación 700.

Relativo a los créditos documentarlo se puede consultar el convenio internacional de créditos documentarlos y Cartas de créditos.

El SWIFT utiliza claves, utiliza términos cifrados para hacer las transacciones interbancarias internacionales.

Art. 1126 CCom

Según este contrato y las personas. Recuerde que aquí se habla de un banco, pero también de la persona del comercian y de otro de comerciante del extranjero. Hay 4 personas participando.

CIF: costo seguro y flete.

FOB: free on board (Libre a bordo, puerto de carga convenido).

El banco asegura que el que le está pidiendo el crédito documentarlo le pague. Si la compraventa tiene problema es el que hizo la compraventa no el banco.

Art. 1127

Se entiende irrevocable, la ley es bien clara. El crédito revocable puede ser revocado en cualquier momento. Y al tercero beneficiario, el acreditante es el banco, el acreditado sería el que solicita que le ayude

Art. 1129

Cualquiera de los 4 que han participado, puede ocurrir que en ese momento solo estén dos porque no ha intervenido el otro banco

Art. 1135

No responde porque no puede responder de un contrato en donde un banco no participio. La laye le indica que no le responde la ley de los siguiente.

El acreditante responde como mandatario de la regularidad formal con los términos de la apertura de crédito de los créditos documentarlos si dijo que le daría letra de cambio no le entregarán pagarés porque es lo pactado.

Art. 1136 CCom

Normalmente no es transferible. Porque están haciendo la operación de comercio internacional entre la persona de acá, contra un extranjero.

Se erigen pro estas normas de créditos documentarlo y cartas de créditos que emite la cámara internacional de comercio.

Contrato de anticipo

Art. 1138 CCom

Se diferencia con el Contrato de Descuento en cuanto a su da en prenda, en el otro se da un endoso pleno, aquí se da en prenda. Puede ser tanto de TV como de mercancías.

Art. 1139 CCom

Aquí habla de mercancías.

Art. 1140 CCom

Un bono de prenda: es el que puede negociarse y va con el conocimiento de embarque.

El contrato principal es el anticipo. Van anexos muchos documentos, títulos.

RL: Art. 839 es el que me acredita que yo lleve 50 carros que importe. Le dan un certificado de depósito y un bono de prenda, solo se lo puede emitir un almacén general de depósito y está regulado en la ley de instituciones de crédito.

El que van a negociar es el bono de prenda. No el certificado de depósito.

Será dado en todo caso en prenda.

Títulos de participación: las acciones.

El Art. 1141 se dice ahí hay una fungibilidad. La ley le da la facultad para que pueda realizarse de esa manera.

Art. 1142 CCom

Préstamo mercantil es el mismo mutuo o préstamo de consumo. Mercantil porque es ejecutado por un banco. Tiene como finalidad el poder otorgar préstamos mercantiles.

Es sinónimo de los mutuos, o lo que se conoce era sinónimo de un crédito decreciente.

Créditos a la producción

Art. 1143 CCom

Lo que más lo usan son los: Banco de fomento agropecuarios y banco hipotecario. Porque va dirigido al rubor de la agricultura.

También son una modalidad de la apertura de crédito.

Empieza con el avió.

A esos créditos son los que se refiere al Rom. I.

Normalmente dura 12 meses con un máximo de 18 meses. RL: 1149 CCom.

Rom. II

Mobiliarios. Maquinaria. Establos y a los galerones.

Rom. IV

Ganadero agropecuario. RL: la prenda de cada uno de estos. Privilegio especial.

Rom V

Industrial: necesidades de las industrias nosotros no tenemos para extracción de oro. Esto no funciona. Extractiva de petróleo, si de gas, si no necesariamente de oro y plata. Porque para nosotros está prohibido.

Inc. 2

Aquí se refiere a los refinanciamientos. Porque un agricultor o alguien que hizo este tipo de contratos se le pudrió todo el cafetal o se le perdió por una sequía puede solicitud refinanciamiento.

Se le denomina refinanciamiento.

Art 1144 CCom

Bienes que pueden darse en garantía.

La cosecha la puede dar en garantía, aunque no al tenga si la puede dar.

Ganado vacuno o semoviente. Ganado vacuno: la vaca, los toros. Todo tipo de ganado. Equino es el de caballos.

Art. 1145 CCom

Gozan de cierto beneficio que la ley misma les da. Tienen derecho preferente, sobre lo que han dado en prenda. Una cosa es la hipoteca y otra cosa es la prenda, es totalmente diferente.

El que se paga el crédito a la producción se paga con la prenda, la hipoteca la tendrá el acreedor hipotecario, y se paga primer como acreedor Hipotecario, primero se paga con lo que tiene su prenda. Se paga con esa prenda no con la hipoteca aunque radique en ese hipotecado.

Art. 1152 CCom

Remata sobre los bienes pignorados.

En el resto todos participan con los privilegios a prorrata de todos los acreedores.

Art. 1153 CCom

Dice que los contratos deben contener es un contrato de crédito a la producción.

Aquí se maneja como una línea de crédito.

Se habla que deben contener, la escritura el documento que se haga debe de contener eso mínimo.

Rom. V

A eso se refiere al valor estimativo de la prenda que No exceda del 90 % de lo que el banco se exceda.

Los bancos gozan de cierto privilegio en la parte que les corresponde como banco.

Hipoteca en escritura pública y registro de hipotecas y el crédito de aviso puede ir en un documento privado autenticado (queda a discreción del acreedor).

El todo otro caso no tiene derecho inscrito, lo inscribirá en su propiedad. Los del derecho inscrito son el colono. El colono arrendatario, creedor anticrético, ellos no tienen derecho escrito, tiene que irse al registro de comercio.

Puede ocurrir que el propietario no obstante de que sea dueño, y aclare ante el banco o empresa mercantil que tiene derecho escrito y solicita que se lo inscriban en comercio porque tienen algunos inconvenientes.

Si no tienen que se van a ir al registro de la propiedad y el arrendamiento lo hayan inscrito. Terminado el contrato de arrendamiento por cualquier causa deberá anotar. De conformidad a la ley del registro.

Art. 1156

Los contratos lo pueden firmar a la producción y ellos son los que constituyen la prenda respectiva. RL. Art. 1530 CCom

Se la pasa al otro pero el gravamen se le mantiene.

Art. 1157 CCom

Inc. último

Es el derecho de retención que tiene el deudor o prestatario.

Existe en caso de que el prestatario quiera entregárselos a su acreedor.

En los últimos casos puede retenerse, el derecho de retención que puede tener en un momento dado.

RL: Art. 1530 CCom.

Art. 1158 CCom

Para constituir uno nuevo debe cancelar el anterior. Si llega con un documento de crédito a la producción y no han cancelado el anterior definitivamente no se los van a inscribir.

Por eso firman pagares, letras de cambio les empiezan a firmar.

Según este art. No puede haber primera prenda, segunda prenda, jamás. El art. Establece que única prenda.

Tiene que cancelar la prenda anterior para que se la inscriban.

Art. 220 LB

Si el giro no lo comprende no lo pueden hacer. Siempre que lo haya otorgado un banco. El Art. Menciona la parte de las órdenes y revocables de pago. Son las que firman el ingenio diciendo de que pagarán irrevocablemente al banco una vez que le productor haya entregado la cosecha. El ingenio da la firma al banco acreedor. Los bancos exigen esa orden irrevocable porque el ingenio no podrá pagar esa cosecha aun tercero, se lo tiene que pagar al banco en os términos en que se obligó en la orden irrevocable de pago.

Contratos de reporto

Art. 1159 CCom

Es una transferencia de dominio con carácter temporal, es un contrato típicamente bursátil. Es un contrato conmutativo oneroso y principal. Es un contrato real. Es un contrato solemne porque consta por escrito. Este los adquiere el contrato de reporto.

Adquiere la propiedad de TV.

El reportador: es el que otorga. Es el banco, no es la bolsa la que firma, sino en la bolsa se transar las operaciones bursátiles. El reportador es el banco o la casa corredora de bolsa.

Transfieren TV nada más.

Por eso toma el nombre de reporte, cuando el premio es en beneficio de reportado de ahí tiene el nombre de reporto.

Art. 1160 CCom

Se expresa el nombre del reportador, el nombre del reportado la especie de los TV y para su identificación.

El contrato de reporte se enseña en derecho bursátil y es una acción activa, y lo pueden realizar los bancos.

Art. 1165 CCom

En ningún caso el reporto no podrá ser de 45 días. Puede haber un reporto a 15 días.

Esos días pueden irse prorrogando sí. Al final puede tener 90 días si lo prorroga.

No lo pacta a 90 días de un solo, el plazo máximo es de 45 días, excepto que se prorrogue.

Art. 1166 CCom

Se puede tener por abandonado el reporto

El reportador es el que podrá ejercer esos derechos.

Los TV pueden darse en prenda, transferirse,

Aquí se transfiere el dominio temporalmente, porque vuelven a su poder una vez terminado el plazo.

Contrato de cuenta corriente

Art. 1167 CCom

Es una operación activa. Manejado como una operación activa porque tenemos el contrato de apertura de depósito en cuenta corriente que es una operación pasiva, no es el mismo, es totalmente distinto.

Se entregan valores recíprocamente. Se dan valores que cada uno de los comerciantes tienen. Se pueden liquidar. Este Contrato normalmente los bancos no lo hacen porque resulta engorroso. Hay que ver todos los libros, que estén vivos. El banco busca métodos más expeditos.

Art. 1172 CCom

Define los efectos.

Puede haber una novación, compensación recíproca, percibir a percibir el interés de las cuentas.

Salvo buen cobro: va para títulos valores y para los créditos de los comerciantes, porque este contrato es de comerciantes. RL: Art. 650 CCom

Significa que si recibieron un crédito o un TV y la persona no lo paga, entonces rechazan y solicitan uno nuevo. Que es lo que ocurre con los cheques. Si rebotó el cheque no está bien pagada.

Contrato de carta de crédito

Art. 1178 CCom

Aquí le indica la carta de crédito debe expedirse a una persona determinada.

Según los usos internacionales.

Esta figura tiene relación con la figura de los Créditos Documentarios.

RL: Convenio Internacional de Créditos y Documentales (Departamentos Internacionales de los Bancos) y Cartas de Crédito.

No es TV la carta de Crédito.

En 1973 se organizó bajo las leyes belgas SWIFT.

Art. 1182 CCom

Debe de estar seguro de la operación internacional que realizará. Le establecen un plazo.

Operaciones pasivas

Se tiene que relacionar la Ley de Bancos como el Código de Comercio.

Art. 52 LB

Habla de la captación de fondos del público.

Esas normas están contenidas en las instrucciones del BCR para todos.

Capta fondos del público. Operaciones pasivas.

La ley indica que tendrá participación. BCR es el que lo maneja. Este Art es exclusivo de captación de fondos del público.

Inc. 3

Significa que una institución de gobierno el ministerio o el INPEP no tendrá los depósitos en un solo banco, tiene que repartirlos.

Art. 53 LB

Aquí capta fondos del público. Son operaciones pasivas. Por eso les habla de la cédula hipotecaria y de los bonos. RL: Art. 1222 CCom

RL: Art. 43 LB. Es cuando los bancos usan cuando tiene problemas financieros. De hecho son obligaciones negociables si lo son, captan fondos del público si captan fondos del público.

Art. 54 LB

Si este Art no cumplen cumpliendo esta leyenda, son acreedores de una multa, es el proceso administrativo sancionador, y ahí pierden.

Es la leyenda que tienen que colocarse que captan fondos del público.

Por eso esa leyenda es importante. Tiene que establecerse.

Art. 1184 CCom

Normativas macroprudenciales dictadas por el Banco Central de Reserva.

Los bancos aunque elaboran por sus propias normas siempre se rigen por la normativa macroprudencial del BCR.

Términos de Referencia

Art. 56

Habla de depósito a la vista.

Lit. A)

Eso significa que se retira en cualquier momento. Puede ser deposito cuenta corriente, cuenta de ahorro. Quiere decir q ue le pueden pagar a la cuenta corriente.

Es chiquitito pero ahí va. Comprende todos los tipos de depósito de ahorro y cuenta corriente, en la corriente nunca le pagan.

Significa que algunos bancos no pagan intereses a la cuenta correntistas.

Las normas pueden cambiar cuando se reúnen el Comité de normas regulado en la LSRSF.

LIT. B)

RL: Art. 51 operaciones en general. Lo remata aquí porque es exclusivo para operaciones pasivas.

RL: Art. 1202 CCom que de igual manera está refiriéndose a los depósitos de los TV.

Habla de títulos fungibles tanto el lit del art. 56 al igual que el Art. 1202 del CCom.

Lit. C)

Para que pueda ahorrar o un abono preví pueda adquirir vivienda. Incluso le dicen que relacionado con la salud, y acondicionamiento de bienes necesarios para el hogar. Eso se llama el Fomento al ahorro.

Lit. D)

Se refiere a los intereses.

Va por trimestre, pero el CCom dice distinto, las disposiciones del CCom están reformadas por esta ley de bancos.

RL: Art. 54 Inc. 2 y 65 (Tasas de interés).

Lit. F)

Renovaciones automáticas.

Habla al final de otros medios, con la libreta, le dan un papelito, pasa por un cajero automático y lo que reciben es un papelito. Se autoriza por otros medios que autorice el BCR.

Se refiere aquel que tiene la libreta grande.

Lit. G)

La mayoría es 18 años de edad. A los 16 puede abrir su cuenta de ahorro. No puede abrir cuenta corriente.

Lit. H)

Beneficiarios por causa de muerte:

  • Cuenta corriente,
  • Cuenta de ahorro
  • Certificado de depósito a plazo fijo. Conocido como bono de caja. RL: Art. 1201.

No van a necesitar el trámite de una aceptación de herencia es decir una aceptación definitiva de la herencia intestada porque alguien pudo haberlo hecho pero el designó beneficiarios por causa de muerte. Se van a las reglas sucesorales.

Lit. I)

Estos términos de referencia le felicitan la vida al dueño del dinero. A efectos de no entrar a grandes tramites o más gastos.

RL: Art. 1274 CCom. (títulos de capitalización)

Lit. J)

RL: Inc. Final del Art.

Cambio en Dic de 2015 según el Consejo Directivo-44 del año 2015: ahora es $3,865.00.

La SSF puede dejar el mismo monto, o cambiarlo.

Lit. K)

Células hipotecarias.

Lit. L)

Este literal contiene lo que se denomina contratos de adhesión.

Netbanking los servicios electrónicos que ofrecen hoy en día. Son contratos de adhesión.

Servicios de banca empresarial. Depositan a cada quien en su cuenta.

La firma un contrato de adhesión.

El Art. 20 dice que tienen que estar explicadas los alcances, efectos y alcances de ese contrato de adhesión.

       Lit. último

  1. Art. 51 Lit. G) pueden hacer estas operaciones están contempladas en la ley las pueden hacer.

Todos estos son los términos de referencias aplicables.

Art. 1184 CCom

RL: Art. 51 LB comprende todas las operaciones en general de la ley de bancos

RL: Art. 52-57 LB.

Art. 1185

Contiene la reserva Absoluta o reserva Bancario RL: Art. 232 LB.

La confidencialidad no impide el inc. ultimo el esclarecimiento de delito por parte de la fiscalía.

Para la determinación no le pueden oponer como excepción al Ministerio de Hacienda o a la FGR este 232 cuando ellos lo soliciten ya sea por operaciones pasivas o operaciones activas incluso neutras. Pueden solicitarla. A eso hay que agregarle: FGR y Ministerio de Hacienda.

El caso de la procuraduría es discutible. Pero esa información la piden los jueces de familia no la pide el procurador por qué. No es juez de causa.

Tiene que presentar el mandamiento de embargo. Tiene que decir que cuenta es la que tiene.

CSJ emitió un comunicado hace unos 2 o 3 años que se le pedía que tenían que rendir información.

El secreto bancario no es puro absoluto como se manejó hace unos años, antes nada.

Jefe de probidad del CSJ lo puede solicitar inmediatamente, dirección general de aduanas, dirección general de impuestos internos, y la FGR.

Art. 1186

Depósito bancario de dinero y de cheques.

Es un tipo de depósito irregular (Le pueden dar de la misma especie pero en forma distinto)

Es un depósito regular cuando le devuelven la misma cosa.

En la misma especie le tiene que restituir, no dice que tienen que ser los mismos billetes.

RL: Art. 1099 CCom.

Un depósito en términos generales es un contrato.

El depósito de cheques son depósitos a la vista, siempre son depósitos a la vista porque este no está sujeto de ponerlo a un plazo.

Las disposiciones hablan de títulos, pero en la cuenta de cheques siempre son ala vistas.

Art. 1188

Les habla del contrato porque la cuenta de ahorro es un contrato sí. Cuenta corriente es un contrato sí.

Esta es la base legal del contrato de apertura de cuenta corriente.

Cuenta corriente 1167 es contrato de cuenta corriente secas.

Todo va en papel simple.

Art. 1189

Son los que han recibido de todos sus clientes. Remesas bancarias en la parte cuando alguien ríen su cuenta y remesa dinero en efectivo o los chequees que los clientes le han entregado.

Salvo buen cobro: si rebotaron por cualquier causa, firmas falsas, cheque no tiene fondos, se le regresa.

Le dan previo pero aparece que ya pagó.

Este le remata que todas las remesas, hasta el dinero salvo buen cobro, hasta el dinero porque puede ser falso.

Art. 1190

Tiene que comprobar la incendiada. El gerente se va con toda su gente, si apertura mal porque no acredito que necesitaba algún punto de acta.

Los bancos se cuidan porque su materia prima es el dinero.

Las cuentas corrientes son siempre al a vista.

Salimos de la cuenta corriente entramos de depósito de dinero a plazo, certificados de depósito a plazo fijo.

Art. 1201 CCom

RL: Art. 625 1218 CCOM

Aquí se habla es la base legal de los certificados de depósito a plazo fijo, ahí mismo son TV denominados bonos de caja o certificados bancarios de depósito.

Siguen toda la regla del derecho cambiario, porque son títulos valores.

Puede aparecerle como no negociable eso significa que corta la circulación cambiaria. Con eso cancelan luna circulación cambiaria. Lo pueden someter a restricciones.

Muchas veces ocurre qué hay confusión en la parte penal y creen que es un documento común y corriente, una vez endosado se traspasa porque es un TV que se hace circular.

Depósito en cuenta de ahorro
Art. 1203 CCom

Este Art. Esta modificado por la ley de Bancos.

RL: Art. 56 Lit. E)

1203, 1204, 1205, están modificados están modificados por la Ley de Bancos Art. 56.

Art. 1204 CCom

Modificado oír el Art. 56 Lit. D).

Modificado por el Art. 56 Lit. E).

Art. 1205 CCom

Modificado pro el Art. 56 Lit. E).

RL: Art. 64 y 65 LB.

Art. 1206 CCom

RL: Art. 64 y 65 LB.

Art. 1207 CCom

La libreta no la sustituyen. Constituye Titulo ejecutivo sin necesidad de reconocimiento judicial.

Art. 1208 CCom

Es la famosa libreta donde se registra la firma. Donde esta toda la información, y le registran la firma. En TV le dicen que se abstendrá de pagar el banco cuando sea ostensiblemente diferente. Todas las libretas van numeradas.

Art. 1209 CCom

Siempre dan los formularios para que hagamos los retiros. Si ud retira dinero retira por medio de un comprobante.

Art. 1214 CCom

RL: Art. 642 Forma que pueden hacer retiros si no es la persona.

Art. 1216 CCom

La cuenta de ahorro no hay garantía. Es para los beneficiarios.

RL: Art. 56 Lit. H) LB

Art. 1217 CCom

De 16 a 18 años. RL. Art. 56 Lit. G) LB.

Art. 1218 CCom

RL: Art. 1201 CCOM

Se solicita un crédito automático, no puedo sacar el dinero a 90 días plazo, pero el banco puede conceder un crédito automático del 80 % del depósito a plazo fijo.

Ahí entran las renovaciones automáticas.

Art. 1219 CCom

Extravío de la libreta.

Se rinde una declaración.

Art. 1220 CCom

Modificado por el Art. 56 Lit. J) LB.

Art. 1221 CCom

Se le aplican la cuenta de apertura de depósitos y cuenta corriente.

Todas las vistas son las operaciones pasivas.

El fideicomiso o fiduciarios mercantil

Los negocios fiduciarios

Orígenes Históricos. El DRO.

  1. El fideicommissum: consistía en que una persona transfería a otra pro vía testamentaria, uno o más bienes con el objeto de que ésta, figurando externamente como propietario, los empleara en beneficio de otra u otras terceras a las cuales, más adelante, si ello era posible, debían serle transmitidos los bienes. La existencia especial de la confianza en un primer momento era evidente, pues el adquirente por vía testamentaria, propietario para todos los efectos, podía abusar de su posición negándose a transferir los bienes al beneficiario, guardando para sí los frutos producidos por ellos e incluso enajenados a un tercero, frustrando en esta forma la voluntad del acusante. De ahí que se hablaba de un negocio fiduciario puro, en donde la confianza era absoluta y se traducía en la posibilidad de abuso por parte del fiduciario.
  2. Pactum fiduciae: Consistía en un acuerdo entre vivos con la obligación para el adquirente de retransmitir los bienes en determinadas circunstancias. El pactum revistió dos formas principales:
    1. Fiducia cum creditore: Representó la forma de garantía consistente en el que el deudor, requerido por su acreedor para prestarle una seguridad real, transfería por mancipatio o in jure cessio la propiedad de un bien con cargo de que le fuera retransmitido una vez satisfecha la obligación. Esto representó dos desventajas: cuando el acreedor abusando de su (…)
    2. Fiduciae cum amico: Se celebraba en interés del fiduciante no del Fiduciario, como en el caso anterior, y buscaba transferir los bienes para que éste pudiese disponer de los mismos y ejercitar facultades inherentes al dueño, como administrarlos, celebrar contratos en torno a ellos, defenderlos contra el ataque de terceros, se utilizaba cuando alguien contando con una persona de absoluta confianza, tenía por ejemplo que ausentarse durante largo tiempo, con la finalidad de una protección más eficaz.

En esta figura se daban los mismos inconvenientes que en el pactum fiduciae Cum Creditore, por la posibilidad de abuso por parte del adquirente.

El trust

Tiene su origen en Inglaterra (Puede verse The trust Act de 1893).

Consiste en una relación fiduciaria con respecto a determinados bienes por la cual la persona que los posee (trustee) está obligada en derecho de equidad a manejarlos en beneficio de un tercero (cestui que trust). este negocio surge como resultado de un acto volitivo expreso de la persona que crea el Trust (settlor).

El fideicomiso o fiduciae mercantil

Concepto: Negocio jurídico bilateral en virtud del cual se transfieren uno o más bienes a una persona, con el cargo de que los administre o enajene y con el producto de su actividad cumpla una finalidad establecida por el constituyente, en su favor o en beneficio de un tercero.

Solo los bancos pueden ser fiduciarios.

Naturaleza jurídica del fideicomiso o fiducia mercantil

  1. Teoría del Mandato Irrevocable.
  2. Teoría del Patrimonio por afectación.
  3. Teoría del Negocio Fiduciario.

Esta teoría acepta que la fiducia mercantil es una especie de negocio jurídico fiduciario por concurrí dos elementos:

  • Real: Constituido por la transmisión de los bienes o derechos.
  • Personal: Constituido por las limitaciones obligatorias resultante del acuerdo entre las partes.

Elemento real (realmente cosas transfieren bienes) y elemento personal (Son las condiciones que estipulo a efectos que se cumpla lo que he dicho para que esta figura mercantil quede plenamente constituida).

Según la Doctrina, los fideicomisos pueden ser:

  • Fideicomiso de administración.
  • Fideicomiso de inversión.
  • Fideicomiso de garantía.
  • Fideicomiso testamentario.
  • Fideicomiso de seguros.
  • Fideicomiso de desarrollo.
  • Fideicomisos inmobiliarios.
  • Fideicomiso del gobierno.
  • Fideicomiso de nacionalización y privatización.

Según la ley Salvadoreña el Fideicomiso se constituye mediante declaración de voluntad, por la cual el fideicomitente transmite sobre determinados bienes a favor del fideicomisario, el usufructo uso o habitación, en todo o parte, o establece una renta o pensión determinada, confiando su cumplimiento al fiduciario (Banco), a quien se transmitirán los bienes o derechos en propiedad, pero sin facultad de disponer de ellos sino de conformidad a las instrucción precisas dadas por el fideicomitente, en el instrumento de constitución (Escritura Pública) Art. 1233 CCom.

Así, los Fideicomisos pueden ser de 3 clases:

  1. Fideicomiso entre vivos.
  2. Fideicomiso por causa de muerte.
  3. Fideicomiso mixto (Art. 1234 CCOM)

Esta declaración va en escritura pública.

La Ley de Bancos regula lo concerniente al Fideicomiso en los Arts. 51 Lit. K), 67, 68, 69, en relación con los Arts. 1233 y sig. CCOM.

Tales Arts. En relación con los Arts. 883 y siguientes del mismo código de comercio, regulan los Certificados Fiduciarios de Participación.

Art. 1233 CCom

Nos habla en el instrumento de constitución. Se hace en escritura pública ante notario.

En la relación jurídica hay tres personas:

  • Fideicomitente (el que entrega el dinero al Banco para que se lo administre a fin de que ayuden a su hermano pequeño para que le banco).
  • Fideicomisario (es el que se beneficia. es el hermano pequeño).
  • Fiduciario (banco).

La escritura de constitución solo la firma el fideicomitente y el fiduciario que es el banco, el fideicomisario no la firma. Es solemne.

La masa fideicomitida (Todo el dinero, propiedades, etc.) asciende a la suma de x cantidad de dinero, esa masa no la puede gravar.

Art. 1234 CCom.

Fideicomiso Mixto: continua después de la muerte. Tiene que consignarse en el acto del testamento que se hará.

Hará un testamento donde confirmará el fideicomiso mixto.

El testamento va por escritura pública.

Fideicomiso famoso: Walter Sondi.

RL: Art. 883 CCom.

Art. 1235 CCom.

Actúa de acuerdo a lo ordenado al fideicomitente. Fiduciario es el banco.

Art. 1236 CCom.

Dos situaciones:

Inc. 1

Plazo determinado de 25 años.

Inc. 2

Excepción: si es a favor del estado o de personas incapaces, es un plazo indeterminado bajo esa condición.

Art. 1237 CCom.

El fideicomitente concede con el fideicomisario. El banco jamás podrá ser fideicomisario. El banco nunca se podrá ser un beneficiario fideicomisario, no se podrá beneficiar.

Art. 1238 CCom.

Base Legal que solo los bancos pueden ser Fiduciarios.

Art. 1239 CCom.

Que no sea Incapacidades y las Indignidades para heredar.

RL: Art. 962 CV.

Art. 1240 CCom.

La escritura pública firmada por el fideicomitente y el Fiduciario.

Art. 1241 CCom.

Puede haber dos Bancos administrando el Fideicomiso.

Al constituirse un fideicomiso es que se tiene que pagar una comisión.

Art. 1242 CCom.

Aquí habla de la pluralidad de Fideicomisarios (Las personas que se benefician). Puede haber varios.

Art. 1244 CCom.

La ley le franquea el derecho para no ser fiduciario.

No solamente sobre bienes muebles o bienes inmuebles.

Fiduciario está obligado a la rendición de cuentas. Está obligado por ley a rendir cuentas.

Art. 1247 CCom.

Al momento de perfeccionamiento.

El fiduciario puede aceptarlo en escritura separad. Ahí se convierte en un negocio jurídico bilateral solemne.

Art. 1248 CCom.

Puede aceptarlo en otra con posterioridad.

Art. 1250 CCom.

Tiene que inscribirse en el Registro de Comercio y si hay bienes inmuebles a inscripción al Registro de la Propiedad Raíz competente.

Art. 1251 CCom.

Todo Fideicomiso es remunerado. Paga comisión.

Art. 1252 CCom.

Si administra mal tiene que responder.

Art. 1253 CCom.

Estos son los delegados fiduciarios. Cada uno d ellos bancos nombra ante la SSF.

Son los que firman las escrituras de constitución de los fideicomisos por el cual ellos comparecen. Son los delegados fiduciarios. Normalmente es el gerente general en la mayoría de las instituciones bancarias.

Art. 1261 CCom.

Rom. VI

Por revocación.

Rom VII

Puede renunciar.

Art. 1262 CCom.

Es la rendición de cuentas. Actúa con la diligencia debida. En negocio propio, como que fueran sus propias cosas.

Art. 232 LB

El secreto bancario

Inc. 1

Operaciones pasivas.

Inc. 2

Operacionales activas y neutras

Para esclarecimiento de delito tiene que ser cumplido lo mismo que para materia impositiva. Respecto de todos sus clientes.

Si le debe al banco es un deudor. Si tiene cuentas en el banco es un acreedor.

Art. 153 LB

Instituto de Garantía de Deposito

Cuyo objeto garantizar los depósitos del público (Art. 154 LB).

Aparece en la ley de bancos. Institución pública de crédito autónoma con personalidad jurídica.

RL: 1232 CCOM

Art. 161 LB

El presidente tiene la firma, y la representación legal del mismo.

Art. 167 LB

Ese monto fue modificado por $10,171.00 actualizado al 10/12/2015 según consejo directivo.

Art. 168 LB

Los que nunca nos pagará el IGD.

RL: Art. 204 (Personas Relacionadas).

 

[1] Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero.

[2] Riesgo Crediticio: Aquel Banco que le prestó a un segmento y no está garantizado. Es de la forma de cómo se otorgaron. Son los créditos mal otorgados. No estaban respaldados con garantías.

[3] Riesgo Operativo: Banco no tenía el dinero necesario para pagarles a los depositantes, tiene que controlar esa operatividad.

[4] Riesgo Legal: Multa. Imagínese un Banco tenga multas muy grandes. pleitos administrativos como los del procedimiento administrativo sancionador. Pleitos de juicios administrativos. Pleitos Fiscales.

[5] Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication.